Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 22 de julio de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se declarade el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid para el año 2026

Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 31-07-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20260731-28)

Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 22 de julio de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se declarade el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid para el año 2026

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Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 22 de julio de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se declarade el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid para el año 2026
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 82

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE JULIO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 181

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
28

ORDEN de 22 de julio de 2026, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se declarade el importe del crédito presupuestario
disponible para la concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la
ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de
menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid para el año 2026.

DISPONGO
Primero
Declaración del crédito presupuestario disponible para 2026
Declarar el importe del crédito presupuestario disponible para el ejercicio 2026 para
atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de sub-

BOCM-20260731-28

Mediante Acuerdo de 24 de mayo de 2023 del Consejo de Gobierno, se aprobaron las
normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones en especie destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales de municipios de
menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138 de 12 de junio de 2023), al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,
en que se establece que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2025, se modificaron
las citadas normas reguladoras, con el fin, entre otras cuestiones, de ampliar el límite de población para poder ser beneficiario de estas ayudas en especie a municipios de menos
de 20.000 habitantes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 82 de 07
de abril de 2025).
En el artículo 2.1 de las citadas normas reguladoras, se establece que, mediante orden
del consejero con competencias en materia de administración local, que se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declarará el importe de los créditos
presupuestarios disponibles conforme al artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con la citada ley corresponde al órgano concedente de las ayudas publicar
la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de
gasto que corresponda.
El Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid atribuye las competencias en materia de administración local y desarrollo local a la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
De conformidad con el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local se incluye, entre las competencias de la Dirección General de Reequilibrio Territorial la elaboración de bases reguladoras y de convocatorias, así como la tramitación de expedientes de concesión, abono y reintegro de subvenciones dirigidas a Ayuntamientos y mancomunidades.
En base a lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al
Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local la concesión de las ayudas, y la
publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las
obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación
del expediente de gasto que corresponda,

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 31-07-2026

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260731-3)

Puesto libre designación – Orden de 22 de julio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por el procedimiento de Libre Designación

B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20260731-19)

Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 16 de julio de 2026, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, así como la fecha, lugar y hora de realización del ejercicio de la fase de oposición, del proceso selectivo para...

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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260731-33)

Crédito presupuestario ayudas – Orden 2119/2026, de 14 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en...

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Canal de Isabel II, S. A., M. P. (BOCM-20260731-57)

Formalización contrato – Resolución de 22 de julio de 2026, de Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., por la que se hace pública la formalización del contrato adjudicado por procedimiento abierto para “Servicio de alojamiento, traslado y comunicaciones del centro de proceso de datos”

Parla (BOCM-20260731-79)

Régimen económico. Cuenta general

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