Convenio – Convenio de 7 de julio de 2026, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la integración de la operativa del Cuerpo de Policía Municipal de Pozuelo de Alarcón en el Centro de Coordinación Municipal de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-08-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20260801-17)
Convenio – Convenio de 7 de julio de 2026, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la integración de la operativa del Cuerpo de Policía Municipal de Pozuelo de Alarcón en el Centro de Coordinación Municipal de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
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Convenio – Convenio de 7 de julio de 2026, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la integración de la operativa del Cuerpo de Policía Municipal de Pozuelo de Alarcón en el Centro de Coordinación Municipal de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112Pág. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 182
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
17
CONVENIO de 7 de julio de 2026, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la integración de la
operativa del Cuerpo de Policía Municipal de Pozuelo de Alarcón en el Centro de
Coordinación Municipal de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
REUNIDOS
D. Pedro A. Ruiz Escobar, Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
nombrado por Decreto 141/2023, de 5 de julio, actuando por delegación de competencias del Presidente de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de fecha 30 de enero de 2024 y
de conformidad con el artículo 33.c) de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema
Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
D.a Paloma Tejero Toledo, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón, cargo para el que fue nombrada por el Pleno en sesión celebrada en fecha 17 de
junio de 2023, actuando en nombre y representación del citado ayuntamiento, en virtud de
las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local y en ejercicio de la posibilidad de suscribir convenios establecida en el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente el presente convenio, y a tal efecto,
1. El artículo 28 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, recoge la creación de la
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, dotada de personalidad jurídica propia
y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrita a la consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias, configurándose como ente
de derecho público de régimen especial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 y
en la disposición adicional octava de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la
Comunidad de Madrid.
2. El Decreto 235 /2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en la disposición adicional primera adscribe la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
3. En virtud del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
le corresponde a la Agencia la coordinación de los servicios operativos pertenecientes a la Comunidad de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión de emergencias, protección civil, la atención de llamadas al número único europeo 112, la coordinación y
demás facultades en relación con las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
4. El artículo 27 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, dispone que el Centro
de Coordinación Municipal, (en adelante CECOM) es el instrumento de colaboración, participación y coordinación entre los municipios y la Comunidad de Madrid en materia de
protección civil, seguridad y emergencias, que se incorporará al Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias.
5. El CECOM permite movilizar y coordinar los medios municipales precisos para
las funciones del grupo de apoyo logístico y grupo de seguridad recogidas en los planes territoriales, planes especiales y planes de actuación y apoyar la labor de los cuerpos de po-
BOCM-20260801-17
EXPONEN
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