Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-08-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
04/08/2026

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260804-33)

Plan sostenibilidad turística – Orden 1372/2026, de 22 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se corrigen los errores materiales de la Orden 1151/2026, de 12 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 603/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa a la Asociacion para el Desarrollo Local de Sierra Oeste de Madrid para la ejecución de su “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino” que forma parte del correspondiente “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)

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Plan sostenibilidad turística – Orden 1372/2026, de 22 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se corrigen los errores materiales de la Orden 1151/2026, de 12 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 603/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa a la Asociacion para el Desarrollo Local de Sierra Oeste de Madrid para la ejecución de su “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino” que forma parte del correspondiente “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 184

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE AGOSTO DE 2026

Pág. 113

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 1372/2026, de 22 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se corrigen los errores materiales de la Orden 1151/2026, de 12 de
junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la
Orden 603/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa a la Asociacion para el Desarrollo Local de Sierra Oeste de Madrid para la ejecución de su “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino” que forma parte del correspondiente “Plan territorial
de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU.

Por la Orden 1151/2026 se configura el instrumento para canalizar la gestión de la subvención directa a favor de la Asociación para el desarrollo local de la Sierra Oeste de
Madrid como entidad beneficiaria, a fin de dar cumplimiento a los hitos y objetivos CID de
la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación del PRTR de España.
La transferencia del crédito a la entidad beneficiaria se realizará en el marco de los
Fondos Next Generation EU de acuerdo al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Dentro de éste, el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia de España aborda el Plan de Modernización y competitividad del Sector Turístico en su Componente 14, Inversión 1 (Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad) y submedida 2 (Planes de Sostenibilidad Turística en Destino).
El objetivo perseguido por la presente distribución territorial de créditos relativos a la
línea de inversión C14.I1 es implementar actuaciones de impulso de la sostenibilidad turística contempladas en la Submedida 2.
Advertidos errores materiales en la citada Orden, esta Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede a
efectuar las siguientes correcciones:
En el Dispongo sexto, apartado 1:
Donde dice:
“La cuantía a abonar se concreta en 10.000.000 euros (diez millones de euros), atendiendo al crédito destinado a la entidad beneficiaria en Resolución de 27 de junio de 2023,
de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se acuerda la efectiva distribución de los
créditos a las respectivas comunidades autónomas y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo, de 9 de mayo de 2023,
por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión
por parte de entidades locales en el marco del Componente 14”.
Debe decir:
“La cuantía a abonar se concreta en 2.600.000 euros (dos millones seiscientos mil
euros), atendiendo al crédito destinado a la entidad beneficiaria en Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se acuerda la efectiva distribución de los créditos a las respectivas comunidades autónomas y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo, de 9 de
mayo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas del crédito destinado a la financiación de actuaciones
de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14”.
Madrid, a 22 de julio de 2026”.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO

(03/12.511/26)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20260804-33

33

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 04-08-2026

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