Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-08-2026
A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260805-1)
Procedimientos modificaciones presupuestos – Orden de 28 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre los procedimientos de las modificaciones de los presupuestos del sector público autonómico y de los gastos de carácter plurianual
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Procedimientos modificaciones presupuestos – Orden de 28 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre los procedimientos de las modificaciones de los presupuestos del sector público autonómico y de los gastos de carácter plurianualB.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 9
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 28 de julio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, sobre los procedimientos de las modificaciones de los presupuestos
del sector público autonómico y de los gastos de carácter plurianual.
La aprobación de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad
de Madrid, ha supuesto la actualización del marco jurídico de la gestión económicopresupuestaria del sector público autonómico, sustituyendo la regulación establecida
en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid, que ha permanecido vigente durante 35 años.
La Ley 5/2025, de 23 de diciembre, establece una regulación sistemática, clara y
coherente de la elaboración, ejecución y modificación de los presupuestos generales de la
Comunidad de Madrid, con la finalidad de reforzar la seguridad jurídica, la transparencia y
la agilidad de los procedimientos administrativos. Además de recoger en el texto legal la
regulación de procedimientos y figuras jurídicas que ya se encontraban en la Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, la nueva ley ha incorporado otros que venían regulándose de manera
recurrente en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid,
como la modificación de los presupuestos de carácter estimativo de determinados sujetos
del sector público institucional.
La sección segunda, del capítulo III, del título II de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre,
regula el régimen «De las modificaciones presupuestarias». Hasta este momento, el procedimiento para la tramitación y documentación de las modificaciones presupuestarias se establecía en la Orden de 9 de marzo de 2015, de la Consejería de Economía y Hacienda, reguladora de la tramitación y documentación de las modificaciones de crédito y otras operaciones
sobre los presupuestos, que, durante años, ha proporcionado un marco eficaz para la tramitación de las modificaciones de crédito y de otras operaciones sobre los presupuestos.
Por otro lado, el artículo 106 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, ha recogido los límites a los que se encuentran sometidos los presupuestos de carácter estimativo de los sujetos del sector público institucional cuyos presupuestos se integran en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, y las autorizaciones para la modificación de los mismos,
que venían regulándose en las leyes anuales de presupuestos. Resulta necesario establecer
los procedimientos administrativos adecuados para la tramitación de dichas autorizaciones.
Por su parte, la Orden 549/1989, de 17 de marzo, de la Consejería de Hacienda, por la
que se dictaban instrucciones sobre la documentación y tramitación de los expedientes de
modificaciones y de otras operaciones sobre los créditos de los presupuestos generales de
la Comunidad de Madrid, es la norma actualmente vigente relativa a la tramitación de los
expedientes de gasto plurianual. Tras más de tres décadas desde su aprobación, dicha orden
ha quedado superada por las distintas modificaciones producidas en la legislación autonómica y, especialmente, por la nueva regulación contenida en los artículos 74, 75 y 76 de la
Ley 5/2025, de 23 de diciembre, que establecen el régimen de gestión de los gastos de carácter plurianual. Por ello, se considera necesario regular el procedimiento para la tramitación de este tipo de expedientes de gasto en coherencia con lo establecido en la citada ley.
Por todo lo expuesto, resulta necesario desarrollar la regulación establecida en la
Ley 5/2025, de 23 de diciembre, para las modificaciones de los presupuestos que integran los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, así como el procedimiento para la tramitación de los expedientes de gasto plurianual de la Administración de la
Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y los entes de derecho público de régimen especial.
Esta orden es coherente con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las administraciones públicas, y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las
disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20260805-1
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