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05/08/2026

Alcobendas (BOCM-20260805-41)

Régimen económico. Padrón fiscal

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Régimen económico. Padrón fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 185

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2026

Pág. 165

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente Ordenanza Fiscal General de
Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al
público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:
CONCEPTO

EJERCICIO

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

2026

Durante el plazo indicado de exposición al público, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Europeo 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor, 1, planta baja, del
Ayuntamiento), proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los
referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público:
OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (S. A. C.) RECOMENDABLE CON CITA PREVIA
Oficina en el Ayuntamiento de Alcobendas: Plaza Mayor, 1
Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Julio, agosto y Navidad: de 8:30 a 14:30.

Oficina Distrito Centro: Pza. Pueblo, 1
Oficina Distrito Urbanizaciones: Av. Bruselas, 19
Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00.
Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados

Cita Previa Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.):

Servicio Atención Telefónica:

-

-

-

A través de la web municipal: www.alcobendas.org
Llamando al 010 desde Alcobendas (coste llamada según tarifa de cada
operadora de telefonía) o
Llamando al 91296.90.88 desde móviles o desde fuera de Alcobendas

Teléfono 010 si llama desde Alcobendas.

Llamando al 912969088 desde fuera de Alcobendas o desde
móviles
Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados

Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente en el presente anuncio, los interesados podrán interponer:
— Con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de
finalización del periodo de exposición pública, el recurso de reposición previsto
en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el
órgano que lo dictó.
— O bien, directamente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago, la reclamación económico-administrativa prevista en el artículo 137 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del
Ayuntamiento de Alcobendas. En todo caso, la reclamación económico-administrativa tendrá carácter preceptivo para poder interponer recurso contenciosoadministrativo.
Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer
reclamación económico-administrativa hasta que aquel sea resuelto de forma expresa o
pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Alcobendas, a 3 de agosto de 2026.—La alcaldesa-presidenta, conforme a lo previsto
en el artículo 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(firmado).
(01/12.951/26)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20260805-41

Información y gestiones tributarias en la dirección web: www.alcobendas.org Oficina Tributaria Virtual del Ayuntamiento de Alcobendas

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