Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-08-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260806-9)
Concesión subvenciones – Orden 1180/2026, de 24 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya para el año 2026
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Concesión subvenciones – Orden 1180/2026, de 24 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya para el año 2026B.O.C.M. Núm. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 49
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
9
ORDEN 1180/2026, de 24 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya para el año 2026.
La Comunidad de Madrid es titular de las obras del pintor Pablo Ruiz Picasso que se
exhiben en el Museo Picasso del Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el marco de sus actividades de apoyo a las entidades locales que amplían notablemente la oferta cultural existente en la región,
considera digno de apoyo, por su valor cultural, el esfuerzo realizado por el Ayuntamiento,
y por ello está interesada en colaborar en el mantenimiento del Museo y su Colección.
Con tal finalidad, la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2026, dispone la asignación nominativa de una subvención a favor del Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, en el subconcepto 46350 del programa 333A, por importe de 35.000 euros con la finalidad de contribuir al mantenimiento del
Museo Picasso.
Asimismo, la Orden 2869/2025, de 5 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2026, en el apartado destinado a las líneas de
subvenciones en materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina
creativa, en el subapartado destinado a las consignaciones presupuestarias de carácter nominativo, recoge, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para el año 2026 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, entre las entidades beneficiarias de las
mismas, al Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, consignando un importe de 35.000 euros
con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350, todo ello en
relación a las competencias que a esta Dirección General corresponden en materia de fomento y desarrollo de la cultura en materia de museos.
Por ello, en virtud de las competencias atribuidas por los artículos 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de la
Ley 5/2025, de 23 de diciembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en
relación con el artículo 7.1 a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Conceder al Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya una subvención nominativa por importe de treinta y cinco mil euros (35.000 euros), con la finalidad de contribuir a financiar
los gastos corrientes de mantenimiento del Museo Picasso.
Esta ayuda estará sometida a la regla de minimis, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas de minimis (“Diario Oficial de la Unión Europea” de 15.12.2023). El total de ayudas de minimis recibidas por el beneficiario, cualquiera que sea su objeto y forma, así como
la Administración concedente, no podrá superar los 300.000 euros durante cualquier período de tres años. El beneficiario, previamente a la concesión, deberá suscribir la oportuna
declaración responsable en la que consten las ayudas percibidas en un período de tres años,
sometidas a dicho régimen.
El período subvencionable coincidirá con el año natural de 2026.
El gasto se imputará al subconcepto 46350, del programa 333A, del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20260806-9
Primero
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