Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-08-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260806-18)
Convenio – Convenio interadministrativo de 10 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, para la prevención y control del absentismo escolar
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Convenio – Convenio interadministrativo de 10 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, para la prevención y control del absentismo escolarB.O.C.M. Núm. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 93
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18
CONVENIO interadministrativo de 10 de junio de 2026, entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, para la prevención y control del absentismo escolar.
REUNIDOS
De una parte, Jesús Manso Ayuso Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Aránzazu Povedano Fraguela, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
San Martín de Valdeiglesias.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de la Orden 365/2024,
de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega
el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, en virtud de lo previsto en el artículo 25.2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local. De conformidad con el artículo 135.2 a) de
la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de San
Martín de Valdeiglesias autoriza la suscripción del presente Convenio, según Decreto de
Alcaldía de de quince de enero de 2026.
En virtud de la capacidad jurídica necesaria que tienen y acreditan para formalizar el
presente Convenio de Colaboración,
La Constitución Española de 1978 establece el derecho a la educación para todos los
españoles en su artículo 27 y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones y remuevan los obstáculos para que este derecho sea disfrutado en condiciones de
igualdad por todos los ciudadanos.
En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de mayo), establece el carácter obligatorio y gratuito de la enseñanza
básica, que comprende las etapas de educación primaria, educación secundaria obligatoria
y los ciclos formativos de grado básico. Asimismo, ha dispuesto que las Administraciones
Educativas desarrollen medidas de acción positiva, orientadas a apoyar el acceso y permanencia en el sistema educativo de los grupos más desfavorecidos.
Dentro de estos grupos, destaca el de los perceptores de la prestación económica denominada renta mínima de inserción, obligados por la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de
Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, a escolarizar y garantizar la asistencia continuada y permanente a los centros escolares de los menores durante la etapa educativa obligatoria.
A su vez, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, señala como competencia del municipio, en los términos de la legislación del
Estado y de las Comunidades Autónomas, la participación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
Por su parte, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, determina que las corporaciones locales cooperarán con las Administraciones educativas competentes, en el marco de lo establecido por
BOCM-20260806-18
MANIFIESTAN
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