Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-08-2026
Valverde de Alcalá (BOCM-20260806-54)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Régimen económico. Modificación presupuestariaBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
JUEVES 6 DE AGOSTO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 186
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
VALVERDE DE ALCALÁ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 178/2026
del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, para gastos de inversión financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada
originado en el ejercicio 2025.
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, para gastos de inversión financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada originado en el ejercicio 2025, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Progr. Económica
338
22609
Descripción
Fiestas Populares y Festejos.
Festejos Propulares
Total
Creditos
Iniciales
Modificacion
es de Crédito
Créditos
finales
88.000,00
37.510,00 125.510,00
88.000,00
37.510,00
125.510,00
Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior,
en los siguientes términos:
8
87
870.10
Descripción
Remanente de Tesorería para
gastos con financiación afectada
Creditos
Iniciales
Modificacione
s de Crédito
Créditos
finales
-
37.510,00
37.510,00
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I
del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acuerdo impugnado.
En Valverde de Alcalá, a 29 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Gabino de Hago
García.
(03/12.675/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260806-54
SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS
Aplicación Económica
Capitulo Artículo Concepto
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