Régimen económico. Ordenanza fiscal

Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-08-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Ajalvir (BOCM-20260810-35)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

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Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 162

LUNES 10 DE AGOSTO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 189

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35

AJALVIR
RÉGIMEN ECONÓMICO

GENERACIÓN COEFICIENTE
(DESDE EL 01/01/2026 HASTA EL 27/01/2026)

COEFICIENTE
(DESDE EL 28/01/2026 HASTA EL 31/12/2026)

Inferior a 1 año

0,16

0,15

1 año

0,15

0,15

2 años

0,15

0,14

3 años

0,15

0,14

4 años

0,16

0,16

5 años

0,18

0,18

6 años

0,20

0,19

7 años

0,22

0,20

8 años

0,23

0,19

9 años

0,21

0,15

10 años

0,16

0,12

11 años

0,13

0,10

12 años

0,11

0,09

13 años

0,10

0,09

14 años

0,10

0,09

15 años

0,10

0,09

16 años

0,10

0,10

17 años

0,12

0,13

18 años

0,16

0,17

19 años

0,22

0,23

Igual o superior a 20 años

0,35

0,40

PERÍODO DE GENERACIÓN

BOCM-20260810-35

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de fecha 9
de abril de 2026, referido a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal
reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana,
sin que se haya presentado ninguna reclamación una vez transcurrido el plazo de exposición pública, dicho acuerdo se eleva a definitivo, cuyo texto íntegro se hace público, para
su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
4. Determinado el valor del terreno, se aplicará sobre el mismo el coeficiente que corresponda al período de generación.
El período de generación del incremento de valor será el número de años a lo largo de
los cuales se hayan puesto de manifiesto dicho incremento, las que se generen en un período superior a 20 años se entenderán generadas, en todo caso, a los 20 años.
En el cómputo del número de años transcurridos se tomarán años completos sin tener
en cuenta las fracciones de año.
En el caso de que el período de generación sea inferior a un año, se prorrateará el coeficiente anual teniendo en cuenta el número de meses completos, es decir, sin tener en cuenta las fracciones de mes.
En los supuestos de no sujeción, salvo que por ley se indique otra cosa, para el cálculo del período de generación del incremento de valor puesto de manifiesto en una posterior
transmisión del terreno, se tomará como fecha de adquisición, a los efectos de lo dispuesto
en el párrafo anterior, aquella en la que se produjo el anterior devengo del impuesto.
El artículo 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece unos coeficientes
máximos aplicables por período de generación.
Sobre la base de dichos coeficientes máximos este ayuntamiento dispone:
Aplicar los coeficientes máximos establecidos por la normativa estatal para cada período de generación:

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 10-08-2026

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260810-2)

Puesto libre designación – Orden de 28 de julio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de conformidad con el artículo 55...

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260810-11)

Autorización implantación enseñanzas – Orden 3091/2026, de 29 de julio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza al colegio público de Educación Infantil y Primaria Nuestra Señora de la Fuencisla, de Madrid-Capital, a impartir el primer ciclo de Educación Infantil a partir del curso...

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D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260810-17)

Convocatoria contrato – Resolución de 30 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone ampliación del plazo de presentación de proposiciones en el expediente de contratación del acuerdo marco de servicios...

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260810-31)

Convenio – Adenda de 13 de julio de 2026, de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Cervera de Buitrago, para su continuidad en la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid

Arroyomolinos (BOCM-20260810-40)

Régimen económico. Modificación presupuestaria

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