Ofertas de empleo. Proceso selectivo
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-08-2026
Coslada (BOCM-20260814-44)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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Ofertas de empleo. Proceso selectivoBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 193
VIERNES 14 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 135
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
COSLADA
OFERTAS DE EMPLEO
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada, en sesión celebrada el 30
de julio de 2026, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar las bases generales para la promoción interna del Ayuntamiento
de Coslada, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.
BASES GENERALES PARA LA PROMOCIÓN INTERNA
1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes Bases Generales regirán las convocatorias de procesos selectivos para ascenso o
promoción a plazas vacantes dentro del marco general de ejecución de las Ofertas de Empleo
Público que deban cubrirse por Promoción Interna del personal funcionario de carrera y del personal
laboral fijo del Ayuntamiento de Coslada, salvo las de promoción a Cuerpos de la Policía Local que
se regirán por sus propias Bases Generales y Específicas.
Con carácter general estas convocatorias serán independientes de las convocadas por turno libre,
cupo general. No obstante y por economía de procedimientos podrían ser incorporadas y convocarse
junto con las del turno libre.
La promoción interna se configura como un instrumento de desarrollo de la carrera profesional del
personal empleado público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 18 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, posibilitando la progresión
profesional mediante:
• Promoción Interna vertical, consistente en el ascenso desde un cuerpo o escala de un Subgrupo,
o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que este no tenga Subgrupo, a otro superior.
• Promoción Interna horizontal, consistente en el acceso a cuerpos, escalas o categorías del mismo
Subgrupo profesional.
Los procesos selectivos se regirán, en todo caso, por los principios de igualdad, mérito, capacidad,
publicidad y transparencia, así como por los de objetividad e imparcialidad en la actuación de los
órganos de selección.
2.- RÉGIMEN LEGAL
2.1. Los procesos selectivos de promoción interna del personal funcionario se regirán por lo
dispuesto en las presentes Bases Generales y en las correspondientes Bases Específicas, así como
por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que tiene carácter
básico, y demás normativa de aplicación.
2.2. Los procesos selectivos de promoción interna del personal laboral se regirán por lo dispuesto
en las presentes Bases Generales, en las Bases Específicas, en el Convenio Colectivo de aplicación,
en el Estatuto de los Trabajadores, así como por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público en la parte que le sea aplicable al personal laboral y, supletoriamente, por las
normas reguladoras del acceso al empleo público en cuanto resulten compatibles con su naturaleza
jurídica.
BOCM-20260814-44
Supletoriamente, será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, así como el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, en lo que no
se oponga a la normativa básica estatal vigente.
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 14-08-2026
Puesto libre designación – Orden 1292/2026, de 5 de agosto, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Sanidad, por el procedimiento de Libre Designación
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