Convenio – Convenio de colaboración de 24 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Internacional de la Empresa, para el reconocimiento de créditos entre ciclos formativos de grado superior, enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, y enseñanzas deportivas de grado superior con los estudios universitarios de grado
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-08-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260817-16)
Convenio – Convenio de colaboración de 24 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Internacional de la Empresa, para el reconocimiento de créditos entre ciclos formativos de grado superior, enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, y enseñanzas deportivas de grado superior con los estudios universitarios de grado
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Convenio – Convenio de colaboración de 24 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Internacional de la Empresa, para el reconocimiento de créditos entre ciclos formativos de grado superior, enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, y enseñanzas deportivas de grado superior con los estudios universitarios de gradoPág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE AGOSTO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 195
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
16
CONVENIO de colaboración de 24 de julio de 2026, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad
Internacional de la Empresa, para el reconocimiento de créditos entre ciclos formativos de grado superior, enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, y enseñanzas deportivas
de grado superior con los estudios universitarios de grado.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Mercedes Zarzalejo Carbajo, Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con lo establecido en el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y en el apartado a) del punto 2 del artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid, en base a su nombramiento realizado por Decreto 7/2026, de 16 de febrero, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Segundo Píriz Durán, Rector Magnífico, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en el artículo 20 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Internacional de la Empresa (UNIE Universidad).
Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas instituciones
en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen recíprocamente capacidad y legitimidad para convenir, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que uno de los objetivos que persigue la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) es aumentar la movilidad de estudiantes entre las diferentes enseñanzas que lo conforman. En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación determina que “la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la
formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y
diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior constituyen la educación superior” (artículo 3.5).
Que la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario reconoce en
su artículo 3 la autonomía universitaria y en su punto 2, apartado g) atribuye a las universidades la competencia para la elaboración y aprobación de los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales de grado y en su apartado l), entre otros
extremos, la verificación de los conocimientos de los estudiantes. Que, por tanto, corresponde a las universidades el reconocimiento de los estudios oficialmente acreditados de ciclos formativos de grado superior, de enseñanzas artísticas superiores, de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, y de enseñanzas deportivas de
grado superior, de aquellos estudiantes que vayan a cursar programas de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales de grado en su universidad.
Tercero
Que el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios
en el ámbito de la Educación Superior, tiene por objeto establecer el régimen de reconocimiento de estudios entre las diferentes enseñanzas que constituyen la educación superior.
BOCM-20260817-16
Segundo
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 17-08-2026
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