Convenio – Adenda de 23 de julio de 2026, al convenio de colaboración en materia de educación infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Tres Cantos
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-08-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260821-9)
Convenio – Adenda de 23 de julio de 2026, al convenio de colaboración en materia de educación infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Tres Cantos
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Convenio – Adenda de 23 de julio de 2026, al convenio de colaboración en materia de educación infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Tres CantosPág. 52
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE AGOSTO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
9
ADENDA de 23 de julio de 2026, al convenio de colaboración en materia de educación infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Tres Cantos.
REUNIDOS
De una parte, José Ignacio Martín Blasco, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, nombrado por Decreto 20/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno,
en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de la
delegación para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la Consejería
—mediante Orden 365/2024, de 13 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 21 de febrero de 2024)—, a quien le corresponde la facultad de suscribir convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3 del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Jesús Moreno García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tres Cantos,
de conformidad con lo dispuesto en el 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 135.2 de la precitada la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento como Alcalde de este Ayuntamiento, efectuado por sesión constitutiva del Pleno
Municipal del 17 de junio de 2023.
Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente
adenda de modificación y, en su virtud.
EXPONEN
En fecha 30 de julio de 2024, se suscribió entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Tres Cantos, un convenio de colaboración en materia de Educación Infantil con
vigencia hasta el 31 de agosto de 2025, previéndose en la cláusula undécima la posibilidad
de prórroga, con las limitaciones temporales establecidas en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la suscripción de adendas en las que podrán incluirse nuevos centros y servicios, y en las que se concretarán los compromisos y las aportaciones económicas que cada Administración asumirá durante el correspondiente curso escolar.
En consecuencia, y de conformidad con lo expuesto, ambas partes,
1. Mantener en el curso escolar 2026-2027 el funcionamiento de los centros y servicios
que se indican a continuación:
— Escuela Infantil Cantinela.
— Escuela Infantil El Olivo.
— Escuela Infantil El Romeral.
2. Asumir los compromisos económicos establecidos en dicho convenio y que para
el curso escolar 2026-2027 se especifican en el presupuesto inicial de aportaciones adjunto a esta adenda.
3. La presente prórroga tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2027.
Y para que conste, las partes firman la presente adenda por duplicado, en el lugar y fecha
indicados.
BOCM-20260821-9
ACUERDAN
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