Convenio – Convenio de 7 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de Alcalá, para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales por importe de 577.248 euros para estudios oficiales para estudiantes universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2026-2027
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-08-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260822-6)
Convenio – Convenio de 7 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de Alcalá, para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales por importe de 577.248 euros para estudios oficiales para estudiantes universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2026-2027
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Convenio – Convenio de 7 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de Alcalá, para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales por importe de 577.248 euros para estudios oficiales para estudiantes universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2026-2027B.O.C.M. Núm. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 31
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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CONVENIO de 7 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de Alcalá, para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales
por importe de 577.248 euros para estudios oficiales para estudiantes universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2026-2027.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Mercedes Zarzalejo Carbajo, como Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, nombrada por Decreto 7/2026, de 16 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 17 de febrero), de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de la competencia de representación prevista en
el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, Excmo. Sr. D. Carmelo García Pérez, Rector Magnífico de la Universidad de Alcalá, con nombramiento mediante el Decreto 25/2026, de 18 de marzo (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo de 2026), en nombre
y representación de la misma, en virtud de las atribuciones conferidas por razón de su cargo y la capacidad otorgada en el artículo 74.4.g) de los estatutos de su universidad, según
Decreto 46/2026, de 29 de abril, del Consejo de Gobierno.
Ambas partes se reconocen capacidad y representación suficiente para formalizar el
presente convenio y a tal fin,
EXPONEN
La educación, en todos sus niveles, es el elemento fundamental a través del cual se articula una sociedad más justa, equilibrada y democrática. La Comunidad de Madrid, con el
fin de facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la educación universitaria, quiere mantener la colaboración con la Universidad de Alcalá en un programa que viene desarrollándose desde 2016, que hace posible que los estudiantes continúen en los estudios en los que
están matriculados, sin que su situación socioeconómica constituya un impedimento, subvencionando para ello los precios de matrícula de aquellos estudiantes que, cumpliendo determinados requisitos y los del propio convenio, no hayan podido beneficiarse de las becas
convocadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Como en el pasado ejercicio, se mantiene la ampliación de estas ayudas con otras adicionales, que consigan para estos estudiantes minimizar sus barreras de entrada y los costes de oportunidad que puedan suponer para muchos estudiantes esta dedicación. Así, en el
caso de que existan remanentes no aplicados para el concepto de ayudas a matrículas, estos
se podrán destinar a sufragar las líneas de ayudas propias que, en aplicación del presente
convenio, establezcan la universidad para aquellos estudiantes que cumplan los requisitos
que se determinan en el convenio.
En este ejercicio, la Comunidad de Madrid mantiene la ayuda total destinada a las seis
universidades públicas para este programa, por un importe de 6 millones de euros, reflejando la clara apuesta para poder beneficiar a un mayor número de estudiantes universitarios
en condiciones socioeconómicas desfavorables. Además, haciendo eco de lo que las universidades venían solicitando hace años, la Comunidad de Madrid mantiene la ampliación
del umbral máximo de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula con respecto a los umbrales máximos de renta familiar establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académi-
BOCM-20260822-6
Primero
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