Régimen económico. Modificación presupuestaria
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-08-2026
Villanueva de la Cañada (BOCM-20260824-45)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Régimen económico. Modificación presupuestariaB.O.C.M. Núm. 201
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 197
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
VILLANUEVA DE LA CAÑADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de julio de 2026, acordó la aprobación inicial de la modificación de las bases de ejecución n.o 12 y n.o 52 del Presupuesto Municipal de 2026.
Tras su publicación provisional y de conformidad con los artículos 112.3 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, y 20.3 del
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, una vez transcurrido el plazo de exposición al público, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno
de la Corporación en dicha sesión, este se eleva a definitivo.
Base de Ejecución n.o 12: se incluyen en la misma nuevos recursos afectados a la siguiente partida de gastos ampliable.
APLICACIÓN GASTOS
DENOMINACIÓN
RECURSOS AFECTADOS (CONCEPTO DE INGRESOS)
15.931.22709
Política Económica y Fiscal. Trabajos realizados
por terceros
39110 Sanciones Impuesto Actividades Económicas (Inspección)
Base de Ejecución n.o 52. Se le da la siguiente nueva redacción:
“Base 52. Activos y pasivos financieros
52.1. Gestión de fondos.
Los excedentes temporales de liquidez que se deduzcan de los estados provisionales
de la Tesorería Municipal podrán ser colocados en depósitos financieros con entidades financieras, a efectos de rentabilizar la gestión de Tesorería con los requisitos de seguridad y
liquidez exigidos por el artículo 199.2 del TRLRHL. Esta colocación se materializará con
la firma mancomunada del alcalde-presidente, del interventor y el tesorero. Al vencimiento de la operación los intereses y el principal serán abonados automáticamente en la cuenta operativa de dicha entidad financiera. La colocación de fondos tendrá carácter de movimiento interno de Tesorería.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos para concertar las operaciones financieras, queda excluido del ámbito de la citada ley. Todo ello basado en la casuística y especialidad de tales contratos, por lo que se tomará como base, los tipos de contratos que las
distintas entidades de crédito oferten al Ayuntamiento, el cual, para asegurar la publicidad
y concurrencia, invitará como mínimo a tres entidades para que presenten sus ofertas que
serán valoradas por la Tesorería Municipal para la elección de la más conveniente a los intereses municipales.
52.2. Operaciones de crédito.
Las operaciones de crédito que por el Ayuntamiento se acuerde suscribir para cubrir
las inversiones previstas o que prevean a lo largo del ejercicio deberán tramitarse previo expediente en el que se constate el cumplimiento de los límites y condiciones que la normativa financiera exija en cada momento.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y ss. del TRLRHL, en relación
con la normativa contractual vigente para el Sector Público, se regula en las presentes Bases de Ejecución, el procedimiento de adjudicación y condiciones de las operaciones de crédito que su momento puedan presupuestarse en el Capítulo IX del Estado de Ingresos del
Presupuesto municipal de cada ejercicio, de forma que se garanticen los principios de publicidad y concurrencia en su contratación.
BOCM-20260824-45
39111 Sanciones Tasa por utilizaciones privativas o
aprovechamientos especiales (Inspección)
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 24-08-2026
Formalización contrato – Resolución de 13 de agosto de 2026, de la Dirección-Gerencia del SUMMA 112, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato SUMMA PA/SE/04/26 denominado “Servicio de limpieza del edificio de la Sede Central...
Convocatoria contrato – Anuncio de 13 de agosto de 2026, de Canal de Isabel II, S. A., M. P., por el que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto para los servicios de dirección de obras y coordinación de seguridad y salud de las obras a ejecutar...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Formalización contrato – Resolución de 13 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se anuncia la formalización del contrato “Proyecto de decoración de las unidades de convivencia en 3 centros adscritos a la Dirección General de...
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial