Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-08-2026
Madrid (BOCM-20260825-23)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan generalB.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 87
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
23
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20260825-23
Aprobación Inicial de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 para la parcela situada en el camino del Cerro del Águila, número 6,
Distrito de Moncloa-Aravaca.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 30 de julio de 2026,
expediente 135-2025-00080, adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 para la parcela situada en el camino del Cerro del Águila
número 6, Distrito de Moncloa-Aravaca.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un
mes, mediante la inserción de un anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, y preceptos concordantes.
Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la
referida Ley 9/2001, de 17 de julio, y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental.
Cuarto.—Suspender en el ámbito de la modificación del Plan General de Ordenación
Urbana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001,
de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978,
de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables
presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo, que pudieran resultar
afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera del Sena, 21, en las mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así como en los
canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid
( https://madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública, Planes y Proyectos Urbanísticos) o dentro de Vivienda y Urbanismo (visor urbanístico), durante el plazo
señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 5 de agosto de 2026.–La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, P. S. (Resolución de 30 de junio de 2026, del director general de Reequilibrio
Territorial de la Comunidad de Madrid), Araceli Rollán Arrojo.
(03/13.498/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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