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Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-08-2026
Alcalá de Henares (BOCM-20260828-27)
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Otros anuncios. NotificaciónB.O.C.M. Núm. 205
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
27
ALCALÁ DE HENARES
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20260828-27
Por la Junta de Gobierno Local se ha adoptado acuerdo, en sesión celebrada el 12 de
junio de 2026, por unanimidad de sus miembros, a propuesta de la Concejalía-Delegada
de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Movilidad, en cumplimiento de lo dispuesto
en la ordenanza de conservación de edificaciones en el término municipal de Alcalá de
Henares (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22 de septiembre de 2021), en relación con la inspección periódica de edificios y construcciones,
se hace público para su general conocimiento y conforme establece el artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Primero.—La relación de edificios de tipología vivienda residencial colectiva con
una antigüedad superior a cincuenta años desde la fecha de finalización de las obras de
nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general, conforme a lo establecido
en el artículo 36.a)a.1, que están obligados a realizar el Informe de Evaluación de Edificios (Anexo 1).
Segundo.—Aprobar la relación de edificios de tipología vivienda residencial colectiva con una antigüedad superior a treinta años e inferior a cincuenta años desde la fecha de
finalización de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general,
conforme a lo establecido en el artículo 36.b)b.1, que están obligados a realizar el Informe
de Inspección Técnica de Edificios (Anexo 2).
Tercero.—Aprobar la relación de resto de construcciones y edificaciones de tipología
diferente a vivienda residencial colectiva que cuenten con una antigüedad superior a treinta años, con el fin de determinar su estado de conservación o cuando así lo determinen los
Servicios Técnicos Municipales por haber detectado deficiencias en el estado de conservación de un edificio, conforme a lo establecido en el artículo 36.b)b.2, que están obligados a
realizar el Informe de Inspección Técnica de Edificios (Anexo 3).
Cuarto.—Exponer al público durante un plazo de treinta días, la relación anual de edificios obligados a realizar el Informe de Evaluación de Edificios y el Informe de Inspección
Técnica de Edificios, indicados en las relaciones anteriores, que tendrá la consideración de
notificación para los interesados, obligándoles a realizar el correspondiente informe.
Los anexos 1, 2 y 3, con la relación de edificios obligados a realizar la ITE/IEE durante el año 2026, se encuentran publicados en los siguientes enlaces:
— https://urbanismo.ayto-alcaladehenares.es/inspeccion-tecnica-de-edificios/
— https://urbanismo.ayto-alcaladehenares.es/informe-de-evaluacion-del-edif...
Alcalá de Henares, a 29 de julio de 2026.—El técnico de Administración General
(TAG) de Urbanismo, José Manuel Ayala Janampa.
(01/13.617/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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