Convenio – Convenio de 27 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro Regional de Transfusión, y la Universidad de Navarra, para el suministro de componentes sanguíneos a la Clínica Universidad de Navarra en Madrid
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 31-08-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20260831-25)
Convenio – Convenio de 27 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro Regional de Transfusión, y la Universidad de Navarra, para el suministro de componentes sanguíneos a la Clínica Universidad de Navarra en Madrid
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Convenio – Convenio de 27 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro Regional de Transfusión, y la Universidad de Navarra, para el suministro de componentes sanguíneos a la Clínica Universidad de Navarra en MadridB.O.C.M. Núm. 207
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 109
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
25
CONVENIO de 27 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del
Centro Regional de Transfusión, y la Universidad de Navarra, para el suministro de
componentes sanguíneos a la Clínica Universidad de Navarra en Madrid.
REUNIDOS
De una parte, doña Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud, el artículo 3.g) del Decreto 245/2013, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 30 de diciembre de 2024, por el que se revocan los acuerdos
adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación,
y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
Y, de otra parte, D. Álvaro Zabala Hartwing, representante legal de la Universidad de
Navarra en virtud de escritura pública de apoderamiento otorgada el cuatro de marzo de 2025,
ante el notario D. Enrique Pons Canet, bajo el número 487 de su protocolo.
Las partes vienen a formalizar el presente convenio en las condiciones y representación precedentes señaladas, de acuerdo con las facultades que tienen conferidas legalmente, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del
sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación
sanitaria.
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio
Madrileño de Salud, corresponde a la Viceconsejera de Sanidad la Dirección del Servicio
Madrileño de Salud y, en su artículo 2.a) y h), se establece la competencia de la Dirección
General Asistencial para la propuesta, seguimiento y control de convenios en el ámbito de
actuación de los centros y organizaciones sanitarias adscritas de su ámbito de actuación, integrados en el Servicio Madrileño de Salud.
La disposición adicional segunda de esta misma norma, en su apartado 1.b), adscribe
al Servicio Madrileño de Salud el Centro Regional de Transfusión (en adelante, CRT).
BOCM-20260831-25
Segundo
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 31-08-2026
Concurso de méritos – Orden de 21 de agosto de 2026, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por el procedimiento de Concurso de...
Nombramiento – Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se nombra funcionaria de carrera de la Escala Especial Superior de Servicios de la Universidad Autónoma de Madrid
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Agencias de viajes – Resolución de 21 de agosto de 2026, de la Directora General de Turismo y Hostelería, del cese de actividad de la agencia de viajes The Wild Road Trips
Secretaría de Gobierno. Nombramiento de juez de paz de El Atazar