Restricción acceso Sierra Oeste – Resolución 2263/2026, de 31 de agosto, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, por la que se restringe temporalmente el acceso a visitantes y vehículos a motor en los caminos y pistas forestales de los montes afectados por el incendio forestal de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-09-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260903-18)
Restricción acceso Sierra Oeste – Resolución 2263/2026, de 31 de agosto, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, por la que se restringe temporalmente el acceso a visitantes y vehículos a motor en los caminos y pistas forestales de los montes afectados por el incendio forestal de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid
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Restricción acceso Sierra Oeste – Resolución 2263/2026, de 31 de agosto, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, por la que se restringe temporalmente el acceso a visitantes y vehículos a motor en los caminos y pistas forestales de los montes afectados por el incendio forestal de la Sierra Oeste de la Comunidad de MadridPág. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2026
B.O.C.M. Núm. 210
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
18
RESOLUCIÓN 2263/2026, de 31 de agosto, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, por la que se restringe temporalmente el acceso a
visitantes y vehículos a motor en los caminos y pistas forestales de los montes
afectados por el incendio forestal de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Durante los días 23 a 28 de julio de 2026 se produjo el incendio forestal denominado “Sierra Oeste”, de extraordinaria gravedad, que motivó la aprobación de la Orden INT/748/2026,
de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales,
publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 178, de 24 de julio de 2026.
Segundo
De acuerdo con la información provisional disponible, el incendio afectó aproximadamente a 27.000 hectáreas en la Comunidad de Madrid, provocó el desalojo de doce municipios de la Comunidad de Madrid y ocasionó importantes daños sobre el medio natural,
con afección directa a la vegetación, la fauna y los suelos, así como a diversas infraestructuras viarias y de gestión forestal.
Tercero
Entre los terrenos afectados se encuentran doce Montes de Utilidad Pública incluidos
en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid y gestionados
por la Comunidad de Madrid, que resultaron afectados por el incendio en distinta medida,
con una superficie quemada aproximada de 7.000 hectáreas.
Los montes objeto de la presente resolución se localizan en los términos municipales
de Fresnedillas de la Oliva, Navas del Rey, Pelayos de la Presa, Robledo de Chavela, San
Martín de Valdeiglesias y Villa del Prado de acuerdo con la relación que figura en el apartado primero de la parte dispositiva y con la delimitación cartográfica que, en su caso, se
incorpora como Anexo I.
Cuarto
La Comunidad de Madrid ostenta las competencias de gestión y administración sobre
los Montes de Utilidad Pública a su cargo, de conformidad con la Ley 16/1995, de 4 de
mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Una parte sustancial de estos terrenos soporta de forma ordinaria una elevada afluencia de uso público debido a su valor paisajístico y a la articulación de pistas frecuentadas
para el recreo al aire libre, senderismo y tránsito rodado.
Como consecuencia de los daños ocasionados por el incendio, se ha constatado la existencia de un numero crítico de arbolado quemado, parcialmente carbonizado, descalzado, inclinado o con daños estructurales que puede presentar riesgo de caída, particularmente en las
proximidades de caminos, pistas forestales, carreteras, viviendas y otras infraestructuras.
Sexto
Mediante tramitación de emergencia al amparo del artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Comunidad de Madrid ha formalizado en
BOCM-20260903-18
Quinto
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 03-09-2026
Cese – Decreto 73/2026, de 2 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que cesa don Fernando Casado González como Secretario General Técnico de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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