Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 05-06-2026
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-18852)
Extracto de la Resolución de 3 de junio de 2026 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de acreditación y concesión de ayudas destinadas a Centros Tecnológicos de Excelencia "Cervera", en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027
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Extracto de la Resolución de 3 de junio de 2026 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de acreditación y concesión de ayudas destinadas a Centros Tecnológicos de Excelencia "Cervera", en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027Núm. 137
Viernes 5 de junio de 2026
Sec. V-B. Pág. 29854
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
18852
Extracto de la Resolución de 3 de junio de 2026 de la Presidencia del
Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que
se aprue ba la convocatoria para e l año 2026 de l proce dimie nto de
acreditación y concesión de ayudas destinadas a Centros Tecnológicos
de Excelencia "Cervera", en el marco del Plan Estatal de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027
BDNS(Identif.):910610
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
910610)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente
convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas según se establece en los
artículos 3.1.e y 4 de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, que puedan llevar a
cabo proyectos en cooperación. Estas agrupaciones deberán estar integradas por
Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito
estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto
2093/2008, de 19 de diciembre y que cumplan las condiciones establecidas en la
convocatoria.
La agrupación resultante no tendrá personalidad jurídica, por lo que uno de los
participantes actuará como coordinador o representante de esta, y tendrá las
obligaciones previstas en la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los miembros
de la agrupación deberán suscribir, con carácter previo a la formulación de la
solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento. La agrupación deberá
estar integrada por un mínimo de cuatro y un máximo de siete centros.
Las actividades dentro de la agrupación deberán estar equilibradas. La
participación en términos del presupuesto elegible tendrá los siguientes límites:
b) La participación máxima de una entidad será del 35 por ciento del
presupuesto elegible, excepto la del coordinador que podrá ser de hasta el 50 por
ciento del presupuesto elegible.
Cada centro podrá participar en un máximo de tres solicitudes, si bien solo una
de ellas podrá referirse a las tecnologías prioritarias Cervera incluidas en el Anexo
II (tecnologías civiles) de la convocatoria. Por otra parte, solo podrá actuar como
coordinador en dos de las solicitudes.
No podrán obtener la condición de beneficiaria las siguientes entidades:
a) Las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias descritas en
el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
cve: BOE-B-2026-18852
Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde
a) La participación mínima por entidad deberá ser del 10 por ciento del
presupuesto elegible
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 05-06-2026
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