Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 04-07-2026
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2026-14502)
Real Decreto 538/2026, de 30 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de Agenda Urbana, arquitectura y calidad de la edificación durante el ejercicio presupuestario 2026.
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Real Decreto 538/2026, de 30 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de Agenda Urbana, arquitectura y calidad de la edificación durante el ejercicio presupuestario 2026.Núm. 162
Sábado 4 de julio de 2026
Sec. I. Pág. 92505
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
14502
Real Decreto 538/2026, de 30 de junio, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones en materia de Agenda Urbana, arquitectura y calidad
de la edificación durante el ejercicio presupuestario 2026.
A FACUA–Consumidores en Acción, para el desarrollo de actuaciones de
información, formación y sensibilización dirigidas a las personas consumidoras y
usuarias en materia de vivienda, mediante la difusión de contenidos accesibles sobre
derechos y obligaciones en el ámbito residencial y de información derivada del servicio
telefónico de información en materia de vivienda 047, así como campañas de control de
prácticas ilegales y abusivas.
A CGAE–Consejo General de la Abogacía Española, para la implementación de un
tercer nivel de atención a la ciudadanía en el servicio telefónico de información en
materia de vivienda 047. Este tercer nivel pone a disposición de la ciudadanía una
orientación jurídica con un alto nivel de cualificación en materia de vivienda.
En materia de políticas urbanas se conceden las siguientes subvenciones:
Las subvenciones destinadas a la Oficina Regional para América Latina y el Caribe
del Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (en adelante,
cve: BOE-A-2026-14502
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, de acuerdo con el Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, es el departamento al que corresponde la propuesta y ejecución de la
política del Gobierno en materia de Agenda Urbana, calidad de la edificación y suelo. En
ejecución de esta política, colabora con distintas entidades, lo que se plasma en una
importante política pública de fomento.
El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y «con carácter
excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten
su convocatoria pública». De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las
subvenciones previstas en el artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a
propuesta del Ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.
Es precisamente el interés público, social y económico de las distintas actividades que,
en materia de Agenda Urbana, arquitectura y calidad de la edificación, subvenciona el
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, lo que justifica la adjudicación directa de una
serie de subvenciones aquí recogidas. Por tanto, a través de este real decreto, y en
cumplimiento de lo señalado en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se
evita paralizar la actividad del Ministerio y cumplir con sus compromisos. Asimismo, no
cabe aplicar los mecanismos de convocatoria pública porque se trata de subvenciones
que financian actuaciones concretas que llevarán a cabo las entidades beneficiarias.
Por todo ello, en el ámbito de las competencias que ostenta el Ministerio de Vivienda
y Agenda Urbana en relación con las políticas en materia de Agenda Urbana,
arquitectura y calidad de la edificación se regulan mediante este real decreto las
subvenciones que, por su interés público, social y económico, cumplen con las
condiciones previstas en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En materia de acceso a la información, formación y orientación en materia de
vivienda se conceden las siguientes subvenciones:
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 04-07-2026
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