Real Decreto 725/2026, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de propiedad industrial durante el ejercicio presupuestario 2026.
Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 10-09-2026
Ministerio de Industria y Turismo. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2026-18903)
Real Decreto 725/2026, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de propiedad industrial durante el ejercicio presupuestario 2026.
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Real Decreto 725/2026, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de propiedad industrial durante el ejercicio presupuestario 2026.Núm. 224
Jueves 10 de septiembre de 2026
Sec. I. Pág. 120833
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
Real Decreto 725/2026, de 9 de septiembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones en materia de propiedad industrial
durante el ejercicio presupuestario 2026.
El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y «con carácter excepcional,
aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social,
económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria
pública». De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el
artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta de la persona titular del
Ministerio competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.
De acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo, éste es el
Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de industria y turismo que abarca, entre
otros aspectos, la promoción y defensa de la propiedad industrial.
La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., es un organismo autónomo de la
Administración General del Estado adscrito al Ministerio de Industria y Turismo a través
de la Subsecretaría, de conformidad con el artículo 9.4 del citado Real
Decreto 409/2024, de 23 de abril. En virtud de los artículos 3 y 4.d) del Estatuto de la
OEPM, aprobado mediante el Real Decreto 1186/2025, de 26 de diciembre, por el que
aprueba el Estatuto de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y se modifica el
Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, aprobado
por el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, ésta tiene atribuida la actividad
administrativa que corresponde al Estado en materia de propiedad industrial, así como la
promoción de iniciativas y el desarrollo de actividades conducentes al mejor
conocimiento y a la más adecuada protección de la propiedad industrial, tanto en el
orden nacional como en el internacional, y el mantenimiento de relaciones directas con
cuantos organismos y entidades españolas o extranjeras se ocupen de estas materias.
La Asociación Nacional para la Defensa de la Marca (ANDEMA) es una asociación
empresarial, sin ánimo de lucro, que tiene entre sus fines la promoción y defensa de los
intereses legítimos de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual, así
como la lucha contra todo tipo de fraude por la vulneración de tales derechos y el
estudio, análisis y difusión del conocimiento de los activos intangibles de las empresas.
Desde hace años, la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., ha colaborado
con ANDEMA para la realización de actividades de formación y difusión, consistentes,
además de en la organización de congresos, seminarios, coloquios, cursos y jornadas,
en la elaboración de investigaciones, publicaciones y estudios de interés para la difusión
y defensa de la propiedad industrial.
Ante la necesidad de garantizar la consecución de los objetivos de difusión y defensa
de la propiedad industrial, concurren razones de interés público, social y económico que
justifican conceder a ANDEMA, con carácter excepcional, una subvención por el
procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
La Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas (FMRE) es una fundación
sin ánimo de lucro con patronos privados y públicos –entre los que se encuentra la
Oficina Española de Patentes y Marcas– que tiene como misión fomentar a todos los
cve: BOE-A-2026-18903
Verificable en https://www.boe.es
18903
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