Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 26-09-2025
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Subvenciones. (2025063416)
Resolución de 16 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad a las subvenciones de concesión directa en materia de fomento de la prevención de riesgos laborales y en materia de potenciación de planes de igualdad, en el ejercicio 2025, concedidas a entidades públicas y entidades privadas sin fines de lucro al amparo del artículo 32.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución de 16 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad a las subvenciones de concesión directa en materia de fomento de la prevención de riesgos laborales y en materia de potenciación de planes de igualdad, en el ejercicio 2025, concedidas a entidades públicas y entidades privadas sin fines de lucro al amparo del artículo 32.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Viernes 26 de septiembre de 2025
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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2025, de la Dirección General de
Trabajo, por la que se da publicidad a las subvenciones de concesión directa
en materia de fomento de la prevención de riesgos laborales y en materia
de potenciación de planes de igualdad, en el ejercicio 2025, concedidas a
entidades públicas y entidades privadas sin fines de lucro al amparo del
artículo 32.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025063416)
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder de forma directa, sin convocatoria
previa, con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones
de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública. Conforme al citado artículo, el artículo 32.1.a) de esta ley,
establece que se consideran supuestos excepcionales de concesión directa cuando, por razón
de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del
perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro. La concesión de estas subvenciones se
instrumentará mediante resolución o convenio (artículo 32.2 de la citada ley).
Por su parte, el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes
publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito
presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de
la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de
aplicación. Igualmente, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los
procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura.
Por todo ello, esta Dirección General de Trabajo, por delegación de la Secretaría General de
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, mediante Resolución de 10 de
agosto de 2023 (DOE núm. 157, de 16 de agosto), una vez resueltas y notificadas las resoluciones de concesión directa de subvenciones a las entidades públicas y entidades privadas sin
fines de lucro, que se indican a continuación, y en aplicación de los artículos 17 y 20 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, y del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
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