Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 28-01-2026
Servicio Extremeño Público De Empleo. Subvenciones. (2026060210)
Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Empleo, por la que se concede una subvención directa para financiar el Plan anual de formación del Clúster de la Energía de Extremadura 2026 (PFA26).
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Resolución de 4 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Empleo, por la que se concede una subvención directa para financiar el Plan anual de formación del Clúster de la Energía de Extremadura 2026 (PFA26).Miércoles 28 de enero de 2026
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RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Empleo,
por la que se concede una subvención directa para financiar el Plan anual de
formación del Clúster de la Energía de Extremadura 2026 (PFA26). (2026060210)
Visto el expediente administrativo de referencia, la propuesta de la Jefa de Servicio de Formación para el Empleo y en atención a los siguientes,
HECHOS
Primero. Con fecha 10 de noviembre de 2025 se ha presentado por D. Vicente Sánchez
Fernández, con NIF n.º ****000**, en representación de la Clúster de Energía de Extremadura (en adelante CLÚSTER), con NIF n.º G06548275, solicitud de concesión directa de subvención destinada a financiar la impartición de varias acciones de formación profesional para el
empleo contempladas en el Programa Anual de Formación para el ejercicio 2026 relacionadas
con el sector energético en Extremadura.
Segundo. Con fecha 10 de noviembre de 2025 la entidad solicitante ha completado dicha
solicitud, habiéndose aportado al expediente el Plan de Actuaciones, que contiene la descripción y detalle de las actuaciones objeto de financiación, el cronograma de ejecución de dichas
actuaciones, el presupuesto de los costes de la actividad subvencionable, desglosado por
partidas, declaración responsable sobre que la solicitante no está incursa en ninguna de las
prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para acceder a la condición de beneficiaria de la
subvención y de sendos certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda del Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como el resto de documentación exigida para acceder a la condición de
beneficiaria de la subvención.
Tercero. Por el Servicio de Formación para el Empleo se han realizado las actuaciones de
comprobación de la solicitud y del Plan de Actuaciones y presupuesto aportados por la entidad
solicitante, habiéndose verificado que dicho Plan contiene actuaciones complementarias en
materia de formación profesional para el empleo, dentro del ámbito competencial del Servicio Extremeño Público de Empleo, que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones con la Hacienda del Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que no concurre a ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, para acceder a la condición de beneficiaria de subvenciones financiadas con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y que se cumplen en el expediente los requisitos exigidos para la
concesión directa de la subvención solicitada, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley
6/2011, de 23 de marzo.
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