Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-01-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20260109-32)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención por un importe total de 346.593,03 euros, destinada a financiar el desarrollo de servicios farmacéuticos asistenciales en la farmacia rural en los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención por un importe total de 346.593,03 euros, destinada a financiar el desarrollo de servicios farmacéuticos asistenciales en la farmacia rural en los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad de MadridPág. 750
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 7
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
32
CONVENIO de 23 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de
Farmacéuticos de Madrid, para la concesión directa por razones excepcionales
de interés público y social de una subvención por un importe total de 346.593,03
euros, destinada a financiar el desarrollo de servicios farmacéuticos asistenciales en la farmacia rural en los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 23 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023),
actuando en el ejercicio de su cargo y en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, don Manuel Martínez del Peral Mayor, presidente del Colegio Oficial de
Farmacéuticos de Madrid, en virtud de las facultades que tiene asignadas tras su toma de posesión el 19 de abril de 2022, en nombre y representación de los farmacéuticos colegiados en
la Comunidad de Madrid, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1.3 y 5 de la Ley 2/1974,
de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, en el artículo 13 de la Ley 19/1997, de 11 de
julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid, y los artículos 6.1b y 37 de sus
vigentes Estatutos aprobados en Asamblea General Extraordinaria de 26 de febrero de 2025
e inscritos en el Registro de Colegios Profesionales el 14 de agosto de 2025, publicados por
Orden de 17 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria
capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente este documento, y a tal efecto,
I. Que la Comunidad de Madrid, tal y como recoge el artículo 31.2.a) de las Ley 7/1985,
de 2 de abril, como comunidad autónoma uniprovincial, ha de garantizar los principios de
solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y social, y
en particular ha de asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio
de los servicios de competencia municipal.
II. Que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local tiene, en virtud del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y ejerce a través de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, las competencias
en materia de administración local que pudieran derivarse de la normativa aplicable, y concretamente tiene atribuidas, entre otras, las de impulso de programas y estrategias transversales con impacto en las entidades locales, el desarrollo de la estrategia de cohesión y equilibrio territorial de la Comunidad de Madrid, así como el impulso y elaboración de
propuestas para la suscripción de convenios en su ámbito competencial.
III. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local considera necesario priorizar actuaciones que mejoren la atención sanitaria en el medio rural y que contribuyan a la sostenibilidad económica de las farmacias rurales.
BOCM-20260109-32
EXPONEN
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