Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-01-2026
Madrid (BOCM-20260120-50)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvencionesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 16
MARTES 20 DE ENERO DE 2026
Pág. 159
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del Decreto de fecha 26 de diciembre de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026 para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global.
BDNS ID: 881133
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ):
Primero. Beneficiarios
Las entidades o agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro nacional o autonómico de Asociaciones o Fundaciones con, al menos 2 años de anterioridad a
la publicación de esta convocatoria, que tengan como fines institucionales la realización de
actividades en materia de sensibilización y educación para el desarrollo sostenible, debiendo
disponer de sede abierta o delegación permanente en el Municipio de Madrid dotada de personal permanente, estar inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 15 de la OBRGS y en el artículo 4 de la presente convocatoria y
en las que no concurra ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del
artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Segundo. Objeto
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la financiación de proyectos que contribuyan a promover en la ciudadanía madrileña el conocimiento
crítico y la comprensión de las dimensiones globales del desarrollo sostenible y la solidaridad, así como acciones locales concretas que contribuyan a reducir las injusticias y desigualdades generadoras de situaciones de exclusión social y pobreza en los países del sur.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se regirá por los preceptos del RD 188/2025 que tengan carácter básico. Respecto del contenido regulado por el RD 188/2025, cuyo carácter no es básico se
aplicará de forma supletoria a los preceptos específicos aplicables a las subvenciones de cooperación internacional para el desarrollo incluidos en la LGS, el RGS y en la OBRGS.
La cuantía máxima total estimada de la convocatoria asciende a 650.000 euros (seiscientos cincuenta mil euros), y se financiará con cargo a los créditos establecidos en el programa “Cooperación al desarrollo” del presupuesto municipal del año 2026, quedando su
concesión condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de
la resolución de la concesión.
Ningún proyecto podrá recibir una ayuda inferior a 50.000 euros ni superior a 90.000
euros. En el caso de agrupaciones, esta cuantía podrá ascender a 100.000 euros.
BOCM-20260120-50
Cuarto. Cuantía
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