Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-02-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20260225-26)
Bases subvenciones – Orden 230/2026, de 13 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de investigación, desarrollo e innovación en Biomedicina y en Ciencias de la Salud, liderados por personal investigador emergente, en centros adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud y en Institutos de Investigación Sanitaria acreditados de la Comunidad de Madrid (Programa “Lánzate”)
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Bases subvenciones – Orden 230/2026, de 13 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de investigación, desarrollo e innovación en Biomedicina y en Ciencias de la Salud, liderados por personal investigador emergente, en centros adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud y en Institutos de Investigación Sanitaria acreditados de la Comunidad de Madrid (Programa “Lánzate”)Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 47
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
ORDEN 230/2026, de 13 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se
aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de
investigación, desarrollo e innovación en Biomedicina y en Ciencias de la Salud,
liderados por personal investigador emergente, en centros adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud y en Institutos de Investigación Sanitaria
acreditados de la Comunidad de Madrid (Programa “Lánzate”).
La promoción de la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general que la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, en su artículo 44.2, viene siendo acogida tanto por la Administración General del Estado, en ejercicio
de la competencia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica que prevé el artículo 149.1.15.a de la Constitución Española, como por las administraciones de las comunidades autónomas, que en sus Estatutos han recogido de manera unánime la competencia de fomento de la investigación y, particularmente, en el ámbito de la
investigación biomédica.
Así, a nivel estatal, y con carácter general, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece el marco para el fomento de la investigación
científica y técnica y sus instrumentos de coordinación general, con el fin de contribuir a la
generación, difusión y transferencia del conocimiento para resolver los problemas esenciales de la sociedad. En su artículo 3.1 párrafo 2.o se establece que el Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación está integrado, en lo que al ámbito público se refiere, por
las políticas públicas desarrolladas por la Administración General de Estado y por las desarrolladas, en su propio ámbito, por las comunidades autónomas.
Con carácter particular, en lo que al sector sanitario se refiere, la Ley 14/1986, de 25
de abril, General de Sanidad, se ajusta al mandato constitucional al encomendar, en su artículo 18.15, a las Administraciones Públicas, el desarrollo de actuaciones en el fomento de
la investigación científica en el campo específico de los problemas de salud.
Igualmente, el artículo 44 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del
Sistema Nacional de Salud, contempla el principio de que la innovación de base científica
es esencial para el desarrollo de los servicios sanitarios y, en definitiva, para la efectiva protección de la salud de los ciudadanos, y por su parte, la Ley 14/2007, de 3 de junio, de Investigación biomédica, en su artículo 83.1, recoge el mandato general de fomentar las actividades de investigación en todo el sistema sanitario como elemento fundamental para el
progreso del mismo, dedicando su título VIII a la promoción y coordinación de la investigación biomédica en el Sistema Nacional de Salud.
A nivel regional, el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece como competencia
exclusiva de la Comunidad de Madrid el fomento de la investigación científica y técnica,
mientras que el artículo 27.4 le atribuye el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria
y la ejecución de lo referente a la sanidad e higiene, en el marco de legislación básica del
Estado.
En este contexto, con carácter general, la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la
Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, atiende el mandato del precitado artículo 44.2 de la Constitución Española incluyendo medidas de estímulo de la investigación
científica y la innovación tecnológica que, además de por los órganos de la Comunidad de
Madrid previstos en su artículo 3, pueden acometerse por órganos y entidades titulares de
competencias de carácter general susceptibles de incidir sobre la investigación científica y
la innovación tecnológica, como sucede con la competencia en materia sanitaria.
Así, la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 12.i), atribuye a la Consejería de Sanidad la promoción de la investigación, en su condición de autoridad sanitaria, mientras que el artículo 16.g), encomienda a la Administración Sanitaria de la Comunidad de Madrid, a través de los recursos y me-
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Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 25-02-2026
Concesión becas – Orden 441/2026, de 10 de febrero, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aceptan renuncias en relación con las becas concedidas mediante la Orden 5721/2025, de 21 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la...
Concesión subvenciones – Resolución de 12 de febrero de 2026, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se publican las subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre de 2025 por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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