Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-02-2026
Alcalá de Henares (BOCM-20260225-46)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 207
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo de 13 de febrero de 2026, de la Junta de Gobierno Local, por el
que se aprueban las bases de la convocatoria de ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías,
Hermandades y Asociaciones Religiosas de la ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades. Ejercicio 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex ):
Primero. Beneficiarios.—Las entidades beneficiarias serán: La Junta de Cofradías,
Cofradías Penitenciales, Cofradías de Gloria y Asociaciones Religiosas según Punto III de
las presentes bases.
Segundo. Finalidad.—Es intención de este Ayuntamiento ayudar económicamente a
dichas cofradías y hermandades a fin de mejorar el ornato, decoración, conservación patrimonial y diversas festividades de cada cofradía o entidad religiosa, enriqueciendo con ello
la belleza y atracción de los diferentes actos organizados por dichas entidades.
Así como de impulsar el aspecto cultural de nuestra ciudad, ensalzando los diferentes
actos procesionales, de tal forma que se beneficie la ciudad y que se produzca una mayor
repercusión de la imagen cultural que de Alcalá de Henares se ofrece al mundo.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 13 de febrero
de 2026, publicadas en la página web www.aytoalcaladehenares.es , en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Importe.—El crédito disponible para atender a estas subvenciones asciende
a un importe total de 45.000 euros. La cuantía máxima de cada subvención no podrá superar las siguientes cantidades:
a. Junta Local de Cofradías: 4.000 euros.
b. Cofradías y Hermandades penitenciales: 35.000 euros.
c. Cofradías y hermandades de gloria: 5.000 euros.
d. Asociaciones Religiosas: 1.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—La solicitud y demás documentos se
presentarán exclusivamente a través medios electrónicos, preferentemente en la dirección
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, dirigidas a la Concejalía de
Fiestas y Tradiciones Populares. Se presentará una sola solicitud por cada cofradía, hermandad o asociación para esta convocatoria. El plazo de presentación comenzará desde el día
del registro de la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones hasta el día 2 de marzo de 2026 (inclusive).
Se inadmitirán a trámite aquellas solicitudes: Que no hayan sido presentadas de forma
electrónica en los lugares establecidos en la Ley 39/2015 y las que hayan sido presentadas
fuera del plazo establecido.
Sexto. Otros datos.—La concesión se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva, procediendo el órgano concedente al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones en la forma y por aplicación
de las reglas contenidas en las presentes bases. El análisis y la evaluación de las solicitudes
se realizará por una Comisión de Valoración que estará formada por un técnico de la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares, un Técnico de la Concejalía de Cultura y un Técnico de la Concejalía de Turismo y, además, un Técnico de la Administración General, el cual
tendrá voz, pero no voto. La resolución final contendrá expresamente las cuantías concedidas a cada entidad. La entidad beneficiaria de la subvención recibirá el 100 % del importe
BOCM-20260225-46
N.o de BDNS: 887996
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