Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-04-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260422-25)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027 y 2028
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Plan estratégico subvenciones – Orden 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027 y 2028BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 94
MIÉRCOLES 22 DE ABRIL DE 2026
Pág. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
25
ORDEN 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 8.1, con carácter de legislación básica del Estado, que “los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con
carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y
efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento
de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación en su artículo 4.bis.
El plan estratégico de subvenciones debe confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones, tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, quedando condicionada su efectividad a la puesta en
práctica de las diferentes líneas de subvención en función, entre otros condicionantes, a las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Desde la aprobación de ambas leyes, la consejería con competencias en materia de
Educación, Ciencia y Universidades ha elaborado y aprobado diversos planes estratégicos
para dar cobertura a diferentes líneas de subvenciones.
Con objeto de centralizar los planes estratégicos de cada viceconsejería dependiente
de la Consejería, se aprobó la Orden 1025/2023 de 28 de marzo, por la que se aprueba el
plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, para los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Este plan estratégico extendía su vigencia al ejercicio 2025, por lo que se hace necesario aprobar un nuevo
plan estratégico de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, que incorpore,
además, los planes estratégicos parciales adoptados en el ámbito de las competencias de la
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, lo que permitirá
un conocimiento más completo y organizado de la actuación de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los planes estratégicos de subvenciones, además de en el portal de transparencia de la Comunidad de
Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.ter.3 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y a fin de dar cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, citada,
DISPONGO
Primero
1. Aprobar el plan estratégico de subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, que figura como anexo.
2. Este plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas
de subvención, atendiendo, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
BOCM-20260422-25
Aprobación
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 22-04-2026
Plan estratégico subvenciones – Orden de 14 de abril de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones destinadas al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios afectados por obras públicas de infraestructuras de titularidad de la...
Convocatoria premios – Orden 1430/2026, de 11 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 los premios de investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán”, “Julián Marías” y “Margarita Salas” a la carrera científica y a investigadores de...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones