Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-04-2026
Móstoles (BOCM-20260427-81)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE ABRIL DE 2026
Pág. 313
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria de subvenciones para la realización de Proyectos de Innovación/Buenas prácticas educativas, durante el curso escolar 2025-2026, en centros docentes de titularidad pública (I.E.S.), privada-concertada (C.C.) y privada no concertada, en las
enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (I.E.S.), en los centros públicos de Formación Profesional, así como en la Unidad de Formación e Inserción Laboral
(U.F.I.L.) de Móstoles, aprobada por acuerdo n.o 12/277 de la Junta de Gobierno Local, de 14
de abril de 2026, y extracto de esta resolución.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros docentes de titularidad pública (I.E.S.), privada-concertada (C.C.) y privada no concertada, en las
enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (I.E.S.), en los centros públicos de Formación Profesional, así como en la Unidad de Formación e Inserción Laboral
(U.F.I.L.) de Móstoles.
Segundo. Objeto.—La Concejalía de Educación y Cultura conforme a las bases reguladoras, aprobadas el pasado 7 de noviembre de 2023, acuerdo n.o 9/686 y publicado su
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278-63, el 22 de
noviembre de 2023, propone la aprobación en Junta de Gobierno Local de la convocatoria
vinculada al curso escolar 2025-2026, con la finalidad de apoyar el desarrollo de proyectos, experiencias innovadoras y buenas prácticas educativas encaminadas a mejorar la calidad de la enseñanza en los centros educativos del municipio de Móstoles.
Tercero. Crédito presupuestario.—La Concejalía de Educación y Cultura destina a
este Programa un máximo de 23.000 euros (veintitrés mil euros), para esta convocatoria,
con cargo a la aplicación presupuestaria 35-3261-48905 del presupuesto de gastos del Capítulo IV de la Concejalía de Educación y Cultura (área de Educación). Siendo la cuantía
máxima establecida de 1.000 euros (mil euros) por proyecto y centro educativo. El importe global de las ayudas se distribuirá proporcionalmente entre los centros educativos cuyos
proyectos hayan sido aprobados. Se adjunta al expediente propuesta de aprobación del
gasto n.o 2026000000524 de fecha 16/2/2026 y certificación de retención de crédito
n.o 2/2026000001367 por importe de 23.000 euros, de fecha 23/3/2026.
Cuarto. Régimen aplicable.—Se establece como órgano gestor, la Concejalía de
Educación y Cultura. La concesión de las ayudas en su caso, lo será en régimen de concurrencia competitiva. Esta Línea de subvenciones a convocar se recoge en el Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente al periodo 2026-2028, aprobado en sesión celebrada
por la Junta de Gobierno Local por acuerdo número 9/55, de 3 de febrero de 2026.
Quinto. Documentación.—Conforme a clausula sexta de la convocatoria: Anexo
n.o 1 Solicitud de participación y Anexo n.o 2 Contenido del Proyecto de Innovación/Buenas
prácticas educativas.
Sexto. Plazo y forma de presentación.—Dentro de los 20 días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en EL BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM). Se hará por Registro Electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a tenor de lo dispuesto en los
artículos 14.2 y 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Publicas.
BOCM-20260427-81
BDNS: 899838
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