Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-05-2026
Madrid (BOCM-20260513-57)
Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MAYO DE 2026
Pág. 343
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Moratalaz
Extracto del Decreto de 23 de abril de 2026, del concejal presidente del Distrito de
Moratalaz, por el que se aprueba las bases reguladoras del XXVII Certamen de Pintura
Rápida de Moratalaz “Alfonso Cámara” 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.
1.a Categoría Infantil: Hasta 11 años cumplidos.
2.a Categoría Juvenil: Desde 12 años a 17 años cumplidos.
3.a Categoría Adultos: A partir de 18 años.
Podrán presentarse a la categoría de adultos todos los artistas de nacionalidad española y extranjera, residentes en España mayores de 18 años. Los participantes deberán tener
cumplida la edad exigida en la fecha de celebración del certamen. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.
Los participantes en la categoría de adultos deberán acreditar mediante la presentación
de la solicitud de inscripción, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por
reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases reguladores Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus Organismo Públicos.
En caso de no autorizar la consulta será necesario aportar la documentación.
Segundo. Objeto.—Promover e incentivar la creación artística y sus valores, ofreciendo a toda la ciudadanía la posibilidad de acercarse al arte de la pintura.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se
modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 publicada en
www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 1.700 euros, estableciéndose un primer premio en categoría adultos de 1.000 euros, un segundo premio en categoría adultos de 700.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día 8 de junio de 2026.
Sexto. Otros datos.—La solicitud se tramitará a través de la Sede Electrónica
https://sede.madrid.es . Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad o agrupación,
para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico de representante de persona
jurídica.
Madrid, a 23 de abril de 2026.—El concejal-presidente, Ignacio José Pezuela Cabañes.
(03/7.195/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260513-57
Código BDNS: 901427
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