Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-06-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260615-19)
Concesión becas – Orden 2093/2026, de 28 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelven las becas para comedor escolar del curso 2024-2025 presentadas de conformidad con el plazo previsto en el artículo 13.2 del Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid
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Concesión becas – Orden 2093/2026, de 28 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelven las becas para comedor escolar del curso 2024-2025 presentadas de conformidad con el plazo previsto en el artículo 13.2 del Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de MadridPág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 140
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
19
ORDEN 2093/2026, de 28 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelven las becas para comedor escolar del curso 2024-2025
presentadas de conformidad con el plazo previsto en el artículo 13.2 del Acuerdo
de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas
reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar
para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
Mediante Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las
normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para el comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad
de Madrid.
Por Orden 2232/2024, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se declaró el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las
becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2024-2025.
El artículo 13.2 del Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, prevé
que las becas para comedor escolar contempladas en los apartados i) y j) del artículo 5 apartado 2, (alumnos en situación de acogimiento residencial y alumnos escolarizados al amparo de los convenios y acuerdos establecidos por la consejería competente en materia de
Educación) no estén sometidas al plazo de presentación de solicitudes ordinario. En estos
casos el plazo de presentación de solicitudes será desde el inicio del curso escolar hasta
el 31 de mayo del año siguiente.
Según lo dispuesto en el artículo 14 del citado Acuerdo, el órgano instructor del procedimiento, al que le corresponde la realización de todas las actuaciones previas a la resolución es la dirección general competente en materia de becas y ayudas al estudio, en la actualidad la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.
Realizada la instrucción del procedimiento y de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, en relación con el
Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Conceder las becas para el comedor escolar correspondientes al curso 2024-2025, por el
importe determinado en cada caso, a los solicitantes que figuran en el anexo de esta Orden.
Segundo
El coste total de las becas concedidas se financiará con cargo al subconcepto 48399 del
programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, de los presupuestos
generales de la Comunidad de Madrid.
El pago de las becas se hará efectivo a los centros docentes donde se encuentren escolarizados los alumnos en tres abonos, de conformidad con lo establecido en el artículo 18
del Acuerdo de 24 de abril de 2024.
Cuarto
Esta Orden se publicará en la página web institucional de la Comunidad de Madrid,
donde también se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes y, a efectos del
BOCM-20260615-19
Tercero
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 15-06-2026
Concesión becas – Orden 2141/2026, de 27 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aceptan renuncias en relación con las becas concedidas mediante la Orden 5959/2025, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la...
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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