Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-06-2026
Boadilla del Monte (BOCM-20260625-58)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 416
JUEVES 25 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (12/6/2026) por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones
sin ánimo de lucro para el fomento del asociacionismo y participación ciudadana para el
año 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
BDNS (Identif.): 913876
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas aquellas asociaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, desarrollen sus actividades y tengan su sede
social o delegación en el municipio de Boadilla del Monte, se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de este Ayuntamiento conforme a lo dispuesto en el art. 236 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF),
se hallen al corriente de la obligación de comunicación al Registro Municipal de Asociaciones Vecinales (art. 236.4 ROF) y no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el art. 13.2 de la LGS.
Dichos requisitos se comprobarán de oficio conforme a la documentación que obra en
el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Boadilla del Monte, deberán cumplirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de subvención, debiéndose mantener todos ellos a lo largo del año de la convocatoria.
Exclusiones. No podrán recibir subvención con cargo a esta convocatoria y sus bases
reguladoras:
a) Las asociaciones o entidades que, en el ejercicio correspondiente a la convocatoria, hayan presentado solicitud u obtenido otra subvención de este Ayuntamiento
o tengan asignada subvención nominativa en el presupuesto municipal.
b) Las asociaciones o entidades que, en el ejercicio correspondiente a la convocatoria, hayan obtenido otra subvención de otras Administraciones y entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales. Se exceptúan de este supuesto las entidades que tengan fines sociales o sanitarios.
c) Las asociaciones o entidades que, en el ejercicio correspondiente a cada convocatoria, hayan obtenido algún tipo de beneficio económico por la cesión de un espacio municipal durante las fiestas patronales.
d) Las asociaciones o entidades que, en el ejercicio correspondiente a la convocatoria, paguen remuneración alguna a su Junta Directiva.
El objeto de la presente Convocatoria es desarrollar el procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas en la Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas
para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones con destino a
entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de Boadilla del Monte, aprobada en sesión plenaria el día 28 de septiembre de 2018, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 6 de noviembre de 2018, y modificada en sesión plenaria
el día 19 de abril de 2024, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 213, de 6 de septiembre de 2024, así como en la página web del Ayuntamiento de Boadilla del Monte www.ayuntamientoboadilladelmonte.org .
BOCM-20260625-58
Segundo. Objeto
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