Concesión becas – Orden 3234/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas de excelencia académica para cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso 2025-2026 (turno de estudiantes que ya cursan estudios) y se dispone un gasto de 3.494.400 euros para tal fin
Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-09-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260901-19)
Concesión becas – Orden 3234/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas de excelencia académica para cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso 2025-2026 (turno de estudiantes que ya cursan estudios) y se dispone un gasto de 3.494.400 euros para tal fin
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Concesión becas – Orden 3234/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas de excelencia académica para cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso 2025-2026 (turno de estudiantes que ya cursan estudios) y se dispone un gasto de 3.494.400 euros para tal finPág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026
B.O.C.M. Núm. 208
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
19
ORDEN 3234/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas de excelencia académica
para cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso 2025-2026 (turno de estudiantes
que ya cursan estudios) y se dispone un gasto de 3.494.400 euros para tal fin.
A la Comunidad de Madrid le corresponde, según lo dispuesto en el artículo 29 de su
Estatuto de Autonomía, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, constando entre dichas modalidades las enseñanzas universitarias.
Las citadas funciones son ejercidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, según lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Uno de los criterios de actuación en los que se articula la política de ayudas al estudio
de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de la enseñanza universitaria, es el dirigido al colectivo de alumnos que por su aprovechamiento académico excelente esté en condiciones
de revertir su alta preparación en la sociedad madrileña cuando se incorporen profesionalmente a ella.
Las presentes ayudas tienen por objeto facilitar el desarrollo de los estudios universitarios y de las enseñanzas artísticas superiores de los alumnos con aprovechamiento académico excelente en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin, los beneficiarios
podrán destinar libremente los fondos a costear su propio mantenimiento.
Con la presente orden se resuelve la adjudicación de las becas de excelencia académica, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por la Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Dichas bases son las que rigen la Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas
de excelencia, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
a) Turno de estudiantes que ya cursan estudios en universidades. Se conceden 1.660 becas, con una dotación en esta esta línea de 3.486.000 euros.
b) Turno de estudiantes que ya cursan estudios en centros superiores de enseñanzas
artísticas. Se conceden 4 becas, con una dotación en esta línea de 8.400 euros.
2. Los solicitantes de las dos líneas de ayuda referidas que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, no hayan obtenido ninguna dotación económica por haberse agotado el crédito presupuestario disponible, figuran en el Anexo II “Lista de espera”,
conforme establece el artículo 16.6 de las Bases Reguladoras.
BOCM-20260901-19
1. Conceder las becas de excelencia académica convocadas mediante la precitada
Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, para el turno de estudiantes que ya matriculados en enseñanzas universitarias o en enseñanzas artísticas superiores durante el curso 2025-2026, distribuidas en las dos siguientes líneas de ayudas, según detalla el Anexo I “Concedidos”:
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