Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones

Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-09-2026

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Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026

B.O.C.M. Núm. 208

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán
Extracto del Decreto de 20 de agosto de 2026, del Distrito de Tetuán del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueban las bases de la XVIII Edición del Certamen Literario
“Leopoldo de Luis” de poesía y relato corto del Distrito de Tetuán 2026.
BDNS 926094
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.
— Personas mayores de 18 años, cumplidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de las solicitudes y residentes en España, a la categoría general: “Premio de Poesía Leopoldo de Luis” o “Premio Relato Corto Leopoldo de Luis”.
— Personas entre 16 y 25 años, cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, residentes en el Distrito de Tetuán, a la categoría
“Premio escritores noveles de Poesía o Relato corto”.
No podrán participar en el Certamen los premiados en este mismo concurso, en cualquier categoría y modalidad, en sus dos últimas ediciones.
Segundo. Objeto.—Este Certamen tiene una triple finalidad: continuar otorgando un
premio de reconocido prestigio a escritores y escritoras con trayectoria profesional de calado nacional, promocionar la literatura producida por escritores y escritoras residentes en el
Distrito, y alentar en su carrera a los más jóvenes de entre nuestro vecindario que comienzan a escribir.
Tercero. Bases reguladoras.—La Disposición adicional Primera de la Ordenanza de
Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento
de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo
del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017; en su defecto, se regularán
por lo dispuesto en la citada Ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su Reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.
Cuarto. Cuantía.—Se establecen los siguientes premios:

Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el Jurado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará a los 30 días naturales.
Sexto. Otros datos.—Las obras se presentarán en castellano y deberán ser originales,
inéditas y no premiadas.

BOCM-20260901-38

1.o Premio Poesía “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.700 euros,
diploma y edición impresa.
2.o Premio Relato Corto “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.700
euros, diploma y edición impresa.
3.o Premio escritores noveles de Poesía o Relato Corto del Distrito de Tetuán, con una
dotación económica de 600 euros, diploma y edición impresa.

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