Empleo público del Diario Oficial de Extremadura en el día 03-11-2025
Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Retribuciones. (2025040251)
Decreto 143/2025, de 27 de octubre, por el que se establece el componente singular a adicionar al complemento específico de los puestos de trabajo que conlleven la realización de guardias localizadas en el desempeño de sus funciones para garantizar la atención del Servicio de Protección Civil y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Decreto 143/2025, de 27 de octubre, por el que se establece el componente singular a adicionar al complemento específico de los puestos de trabajo que conlleven la realización de guardias localizadas en el desempeño de sus funciones para garantizar la atención del Servicio de Protección Civil y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Lunes 3 de noviembre de 2025
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CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 143/2025, de 27 de octubre, por el que se establece el componente
singular a adicionar al complemento específico de los puestos de trabajo
que conlleven la realización de guardias localizadas en el desempeño de sus
funciones para garantizar la atención del Servicio de Protección Civil y del
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. (2025040251)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en su artículo 9.1.42, atribuye a la Comunidad Autónoma las competencias exclusivas en materia de protección civil. En cuanto a incendios forestales, estas competencias se desarrollan
principalmente en el artículo 10.1.2 del Estatuto de Autonomía.
En ejercicio de dichas competencias se aprobó Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección
civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo título
II se regula el Sistema Regional de Protección Civil. Formando parte del Sistema Regional de
Protección Civil, la Unidad o Servicio de Protección Civil de la Junta de Extremadura, adscrita
al centro directivo con competencias en materia de protección civil y emergencias, ejerce las
funciones reguladas en el artículo 17 de la citada ley. Asimismo, forma parte de este sistema
cuando se produce la activación del Plan Especial de Protección Civil ante Incendios Forestales
en la Comunidad Autónoma de Extremadura (INFOCAEX) el Servicio de Prevención y Extinción
de Incendios de la Junta de Extremadura.
Por otra parte, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX) establece la estructura operativa y de dirección y coordinación, así
como los grupos llamados a intervenir en cada situación de emergencia y, al mismo tiempo,
configura la composición y funciones específicas de los distintos órganos que la componen. En
relación con la estructura y operatividad del referido plan, el personal técnico de la Unidad o
Servicio de Protección Civil participa tanto en el Comité Técnico Asesor como en los Grupos de
acción de Logística y Psicosocial, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales
de la Junta de Extremadura (INFOEX) interviene igualmente en el Comité Técnico Asesor y
en los Grupos de Acción de Intervención, por su consideración como servicios y personas que
intervienen desde los primeros momentos en el lugar de emergencia, comprendiendo entre
sus funciones la elaboración de los informes que correspondan a la Comunidad Autónoma
de Extremadura en los procedimientos de declaración de zona afectada gravemente por una
emergencia de protección civil.
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