Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-10-2024
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241030-2)
Concurso de méritos – Orden de 18 de octubre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 12 de julio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de julio), para la provisión de un puesto de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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Concurso de méritos – Orden de 18 de octubre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 12 de julio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de julio), para la provisión de un puesto de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Economía, Hacienda y EmpleoBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 259
MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 15
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2
ORDEN de 18 de octubre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 12
de julio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de julio), para la provisión de un puesto de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de 12 de julio de 2024
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de julio), se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el
procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de
Trabajo reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31
de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de
regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de Provisión de
Puestos de Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial
del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de
convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado a la funcionaria que figura en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente Resolución, salvo que el
cese haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
BOCM-20241030-2
Plazo de toma de posesión
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