Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-12-2024
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241219-8)
Concurso de méritos – Orden 2152/2024, de 10 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 978/2024, de 17 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio de 2024), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de Sanidad
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Concurso de méritos – Orden 2152/2024, de 10 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 978/2024, de 17 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio de 2024), para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en la Consejería de SanidadB.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 49
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
8
ORDEN 2152/2024, de 10 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que
se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 978/2024, de 17 de junio
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio de 2024), para
la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos
en la Consejería de Sanidad.
Por Orden de la Consejera de Sanidad 978/2024, de 17 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio de 2024), se aprobó convocatoria pública para
la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de
Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios
electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio
y de los participantes en procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 23 de julio); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda,
por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de
agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de
puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre)
y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Declarar desiertos los seis puestos de trabajo convocados que figuran en el Anexo.
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de confor-
BOCM-20241219-8
Segundo
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