Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-12-2023
III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-24837)
Acuerdo 94/2023, de 23 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se adecua la declaración del Paraje de la Salud, en Salamanca, como bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica.
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Acuerdo 94/2023, de 23 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se adecua la declaración del Paraje de la Salud, en Salamanca, como bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica.Núm. 290
Martes 5 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 161941
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Acuerdo 94/2023, de 23 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el
que se adecua la declaración del Paraje de la Salud, en Salamanca, como
bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica.
El Paraje de La Salud constituye un destacado ejemplo del denominado Arte
Paleolítico al aire libre, que repite motivos, temática y composiciones del Arte Paleolítico
de las cuevas, con la singularidad de que las figuras están grabadas, con la doble
técnica del piqueteado y la incisión. Las características técnicas y formales de este
conjunto enlazan directamente con otros emplazamientos similares, como los de Siega
Verde y Foz Côa.
Su ubicación en el contacto de las estribaciones montañosas de Sistema Central con
la cuenca sedimentaria del interior de la Submeseta Norte, permite extender el área de
influencia de este fenómeno, factor importante para valorar la presencia humana en
estos territorios del interior peninsular en la última parte del Pleistoceno superior.
El conjunto de grabados rupestres al aire libre que conforman el yacimiento
arqueológico del Paraje de La Salud, en Salamanca, se encuentra afectado por el
artículo 40.2 de la Ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que
dispone: «Quedan declarados bienes de interés cultural por ministerio de esta ley las
cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre».
En consecuencia, este conjunto está considerado Bien de Interés Cultural en
aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de
Patrimonio Cultural de Castilla y León.
Por Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural, a fin de adecuar la declaración a las prescripciones impuestas en la citada ley,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la misma, se incoa
procedimiento de adecuación de este Bien de Interés Cultural en la categoría de Zona
Arqueológica, definiendo sus valores y delimitando el área afectada por la declaración de
forma que se garantice suficientemente la protección de este bien, cumplimentando los
trámites necesarios para su resolución.
El Centro de Estudios Salmantinos con fecha de 13 de julio de 2023, emite informe
favorable a la adecuación. Solicitado informe a la IE Universidad y a la Universidad
Pontificia de Salamanca, con fecha 14 de junio de 2023, y transcurridos tres meses sin
que dichos informes hayan sido emitidos, se entienden favorables a la adecuación de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 del Reglamento para la protección del
Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril.
Cumplidos los trámites preceptivos de información pública por el plazo de un mes
(BOCyL número 176, de 13 de septiembre de 2023) y de audiencia a los interesados y
ayuntamiento afectado, no se presentan alegaciones dentro del plazo concedido al
efecto.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio,
de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la
Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19
de abril, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto adecuar la declaración
del Paraje de La Salud en Salamanca, como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona
Arqueológica y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites
preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste
en el que constan los datos necesarios para la adecuación y los documentos gráficos
correspondientes.
cve: BOE-A-2023-24837
Verificable en https://www.boe.es
24837
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 05-12-2023
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