Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-03-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-4595)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora mercantil VI de Madrid, por la que se suspende la inscripción de un mandamiento judicial de aceptación de título de liquidador de una sociedad de capital.
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Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora mercantil VI de Madrid, por la que se suspende la inscripción de un mandamiento judicial de aceptación de título de liquidador de una sociedad de capital.Núm. 60
Viernes 8 de marzo de 2024
Sec. III. Pág. 28056
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4595
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por la registradora mercantil VI de Madrid, por la que se suspende
la inscripción de un mandamiento judicial de aceptación de título de liquidador
de una sociedad de capital.
En el recurso interpuesto por don I. D. L. S. contra la nota de calificación extendida
por la registradora Mercantil VI de Madrid, doña María Victoria Arizmendi Gutiérrez, por
la que se suspende la inscripción de un mandamiento judicial de aceptación de título de
liquidador de una sociedad de capital.
Hechos
I
En el procedimiento de jurisdicción voluntaria número 145/2018 seguido en el
Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, recayó mandamiento
dirigido al Registro Mercantil para que se procediera a su toma de razón. Del
mandamiento, expedido por doña A. R. A., letrada de la Administración de Justicia de
dicho Juzgado, resultaba que en el mismo se estaba tramitando el expediente de
jurisdicción voluntaria número 145/2018 en el que se había designado a doña L. L. H.
como liquidadora de la sociedad «Procor San Ignacio Dos, SL». A continuación,
transcribía el acta de aceptación de cargo de liquidadora de fecha 24 de marzo de 2021.
Del informe de la registradora, a que posteriormente se hará referencia, resultaba
que dicho documento se presentó en el Registro Mercantil de Madrid acompañado de
otro documento del mismo Juzgado de lo Mercantil y emitido por la misma letrada de la
Administración de Justicia en fecha 18 de marzo de 2021 y que contiene una diligencia
de ordenación de la que resulta la necesidad de citar a doña L. L. H. para que aceptase
el cargo, de modo que, una vez realizado, se expidiera mandamiento al Registro
Mercantil para su inscripción.
Resultaba igualmente del informe que se dirá, que dicha documentación se
acompañaba de un escrito del Colegio de Economistas de Las Palmas en el que señala
a doña L. L. H. como persona a la que por turno correspondía.
II
«María Victoria Arizmendi Gutiérrez, Registradora Mercantil Mercantil [sic] de Madrid,
previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del
Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, he resuelto no practicar
la inscripción solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
Diario/Asiento: 3381/701.
F. presentación: 18/10/2023.
Entrada: 1/2023/160944,0.
cve: BOE-A-2024-4595
Verificable en https://www.boe.es
Presentada la referida documentación en el Registro Mercantil de Madrid, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-03-2024
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