Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-07-2024

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Boletín Oficial del Estado
02/07/2024

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-13387)

Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación La Esperanza de María.

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Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación La Esperanza de María.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 81914

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13387

Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación La Esperanza de María.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Pablo Barranco Martín, don Ismael Ajjan
López, don Valeriu Vicentiu Munteanu, don Isaías Fernández López y doña Mónica
Fuentes Ripoll, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de El Ejido, Susana
Navarro Cunchillos el 1 de febrero de 2024, con el número 114 de protocolo.
Segundo. Domicilio y ámbito de la fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle De la Santa Cruz, 11,
Dalias 04750, de Almería y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente
desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.

Fines de la fundación.

Fomentar la cooperación internacional y el desarrollo de zonas especialmente
desfavorecidos en terceros países, promover programas de carácter social en países en vías
de desarrollo encaminados a mejorar la calidad de vida de las poblaciones más
desfavorecidas, y en riesgo de exclusión social, mejorando sus condiciones de cara a la
inserción sociolaboral. La fundación podrá, asimismo, promover programas de carácter social
dirigidos a población en riesgo de exclusión social en España y el fomento del voluntariado.
Quinto.

Patronos.

Cargos:
Presidente: Don Pablo Barranco Martín.
Vicepresidente: Don Ismael Ajjan López.
Secretario: Don Valeriu Vicentiu Munteanu.
Vocales: Don Isaías Fernández López y doña Mónica Fuentes Ripoll.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.

cve: BOE-A-2024-13387
Verificable en https://www.boe.es

Don Pablo Barranco Martín, don Ismael Ajjan López, don Valeriu Vicentiu Munteanu,
don Isaías Fernández López y doña Mónica Fuentes Ripoll.

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 02-07-2024

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-13317)

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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13392)

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