Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-07-2024
V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-25781)
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Don Álvaro 400 kV, en el término municipal de Don Álvaro, provincia de Badajoz, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Don Álvaro 400 kV, en el término municipal de Don Álvaro, provincia de Badajoz, y se declara, en concreto, su utilidad pública.Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 38674
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
25781
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por
la que se otorga a Re d Eléctrica de España, Socie dad Anónima
Unipe rsonal autorización administrativa pre via y autorización
administrativa de construcción para la nueva subestación Don Álvaro
400 kV, en el término municipal de Don Álvaro, provincia de Badajoz, y
se declara, en concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, en adelante Red
Eléctrica, solicitó con fecha 24 de noviembre de 2022, autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de
utilidad pública, de la nueva subestación Don Álvaro 400 kV (antes denominada
Alange), en el término municipal de Don Álvaro, provincia de Badajoz.
Red Eléctrica suscribió, a través del técnico competente, declaración
responsable de manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Extremadura y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones
adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo,
reguladora del contrato de concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de
Extremadura remitió informe en el que no manifiesta oposición. Trasladado este
informe a Red Eléctrica, esta respondió manifestando su toma de razón al
respecto.
Preguntado el Ayuntamiento de Don Álvaro, no se recibió contestación, por lo
que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2,
131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad
con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante
Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Extremadura de fecha 7 de diciembre de 2022, hecho público en el Boletín Oficial
del Estado número 299, de 14 de diciembre de 2022, así como publicación en el
cve: BOE-B-2024-25781
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó informe de 20
de abril de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual
informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no se prevén afecciones
significativas el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas indicadas
en el citado informe, las cuales han sido expresamente asumidas y aceptadas por
Red Eléctrica.
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