Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 20-02-2025
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2025-3394)
Resolución de 11 de febrero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de febrero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y León el 15 de agosto de 2024.
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Resolución de 11 de febrero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de febrero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y León el 15 de agosto de 2024.Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23674
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
3394
Resolución de 11 de febrero de 2025, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4
de febrero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento
de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y León el 15 de agosto de
2024.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de febrero de 2025, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y
León, el 15 de agosto de 2024.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 11 de febrero de 2025.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad de Castilla y León el 15 de agosto de 2024, correspondiente a la
exclusión de la financiación de la Unión Europea de los gastos efectuados por
los Estados miembros con cargo a los fondos FEAGA y Feader
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
Pagador de la Comunidad de Castilla y León, como competente en la gestión y control
de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del
citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la liquidación
realizada sobre la deuda contraída de ocho millones veintidós mil doscientos ochenta y
nueve euros con ochenta y cuatro céntimos (8.022.289,84 €) que son con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA).
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad de Castilla y
León, se declarará extinguida cuando ésta proceda al abono del importe de la misma en
la cuenta habilitada del Banco de España, así como de los intereses compensatorios
correspondientes, generados durante el período de pago voluntario por la cantidad
adeudada. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.d), párrafo segundo, del Real
cve: BOE-A-2025-3394
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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