Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 22-03-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-5795)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Ciudad Rodrigo a practicar el asiento de presentación de una escritura de herencia por estar vigente otro asiento de presentación de la misma escritura.
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Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Ciudad Rodrigo a practicar el asiento de presentación de una escritura de herencia por estar vigente otro asiento de presentación de la misma escritura.Núm. 70
Sábado 22 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38805
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5795
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Ciudad Rodrigo a practicar el asiento de
presentación de una escritura de herencia por estar vigente otro asiento de
presentación de la misma escritura.
En el recurso interpuesto por don J. M. R. M., abogado, en nombre y representación
de doña M. B. M. S., contra la negativa del registrador de la Propiedad de Ciudad Rodrigo
don Mauricio Prieto Rodrigo, a practicar el asiento de presentación de una escritura de
herencia por estar vigente otro asiento de presentación de la misma escritura.
Hechos
I
Con fecha 15 de noviembre de 2024, se practicó la inscripción en el Registro de la
Propiedad de Ciudad Rodrigo de la escritura de herencia formalizada el día 13 de marzo
de 2014 ante la notaria de San Sebastián, doña Ana Isabel Jaurrieta Alegría, con el
número 124 de protocolo.
La finca número 4.480 de Castillejo de Martín Viejo, código registral
único 37003001585211, quedó inscrita, en cuanto al dominio de una mitad indivisa, a
favor de doña M. J. y doña M. B. M. S., por mitad e iguales partes indivisas, con carácter
privativo.
Dicha escritura había sido presentada en el Registro el día 25 de octubre de 2024,
motivando el asiento de presentación número 1164 del Diario 2024.
Con fecha 3 de enero de 2025, tuvo entrada nuevamente en el Registro de la
Propiedad la misma escritura de herencia antes expresada autorizada por la notaria de
San Sebastián, doña Ana Isabel Jaurrieta Alegría.
II
«Datos Entrada.
N.º Entrada: 37.
Fecha: 03/01/2025 Hora: 16:33:14.
Naturaleza: Mandamiento Administrativo.
N.º Documento: escritura herencia.
Presentante: M. B. M. S.
Hechos:
Denegada la presentación del documento arriba referenciado por estar vigente bajo
el número de asiento 1164 del Diario 2024, que tuvo entrada en este Registro el día 25
de octubre de 2024, con el número de entrada 3921.
Este documento incorpora un sello electrónico para garantizar su origen e integridad
creado por el Registro de la Propiedad de Ciudad Rodrigo a día siete de enero del dos
mil veinticinco.»
cve: BOE-A-2025-5795
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Ciudad Rodrigo, fue
calificada negativamente en los siguientes términos:
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Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 22-03-2025
Orden ECM/276/2025, de 20 de marzo, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de un décimo de onza de oro dedicadas al «Águila Imperial».
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