Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-08-2025
Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-16406)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo, Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la cesión del uso de aplicaciones informáticas.
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Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo, Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la cesión del uso de aplicaciones informáticas.Núm. 189
Jueves 7 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107091
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16406
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo, Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de
Cantabria, para la cesión del uso de aplicaciones informáticas.
Suscrito el Convenio entre el OA, Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria para la cesión del uso diversas
aplicaciones informáticas, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 28 de julio de 2025.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez García.
ANEXO
Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo
y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria para la cesión del uso
de diversas aplicaciones informáticas
REUNIDOS
De una parte, doña Cristina Fernández González, que interviene como Directora del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrada por Real
Decreto 21/2024, de 9 de enero, en quien recaen las funciones de representación del
citado Organismo Estatal, así como su dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 8.2 de los Estatutos del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y
Seguridad Social aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, siendo
competente para la firma del presente convenio, de conformidad con lo previsto en el
artículo 31.3 e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, y artículo 8.3 g) de los ya citados Estatutos del
Organismo Autónomo, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, don Eduardo Arasti Barca, que interviene en su condición de Consejero de
Industria, Empleo, Innovación y Comercio, nombrado por Decreto 7/2023, de 7 de julio, y
actuando en nombre y representación del Gobierno de Cantabria.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir, por
lo que
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, supuso un avance en el uso de medios electrónicos en el
ámbito de las administraciones públicas, al establecer que la tramitación electrónica
debe ser la forma habitual de funcionamiento de estas y de su relación con los
ciudadanos. Sobre ese presupuesto, la ley se orienta hacia una administración
totalmente electrónica, interconectada y transparente, con el objetivo de agilizar los
procedimientos administrativos y reducir los tiempos de tramitación.
En el mismo principio se inspira la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen
Jurídico del Sector Público, que establece la obligación de que las Administraciones
cve: BOE-A-2025-16406
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EXPONEN
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