Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-08-2025
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16813)
Resolución de 4 de agosto de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Servicio Europeo de Acción Exterior, para el procedimiento excepcional en la gestión de los fondos disponibles en los servicios del exterior en la República de Cuba.
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Resolución de 4 de agosto de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Servicio Europeo de Acción Exterior, para el procedimiento excepcional en la gestión de los fondos disponibles en los servicios del exterior en la República de Cuba.Núm. 194
Miércoles 13 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 110672
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
16813
Resolución de 4 de agosto de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Servicio Europeo de Acción Exterior, para
el procedimiento excepcional en la gestión de los fondos disponibles en los
servicios del exterior en la República de Cuba.
Con fecha 31 de julio de 2025 se suscribió un Convenio entre el Servicio Europeo de
Acción Exterior y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del
Reino de España en relación al procedimiento excepcional en la gestión de los fondos
disponibles en los servicios del exterior en la República de Cuba.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 4 de agosto de 2025.–La Secretaria General Técnica, P. S. (Real
Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre), el Subdirector General de Relaciones
Institucionales y Colaboración con las Comunidades Autónomas, Ignacio Vitórica
Hamilton.
ANEXO
Convenio suscrito entre el Servicio Europeo de Acción Exterior y el Ministerio
de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España en
relación al procedimiento excepcional en la gestión de los fondos disponibles
en los servicios del exterior en la República de Cuba
REUNIDOS
En adelante denominados las «partes».
Las Partes, reconociéndose mutuamente capacidad legal necesaria y suficiente para
otorgar el presente documento,
EXPONEN
I. Que el SEAE es el servicio diplomático de la Unión Europea, establecido por la
Decisión del Consejo de 26 de julio de 2010 por la que se establece la organización y el
funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior (2010/427/UE) y se constituye
como un organismo de la Unión Europea funcionalmente autónomo, compuesto por una
cve: BOE-A-2025-16813
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, el Servicio Europeo de Acción Exterior (en lo sucesivo denominado el
«SEAE»), representado para la celebración del presente convenio por señora Isabel
Brilhante Pedrosa, Embajadora, Jefa de la Delegación de la Unión Europea en la
República de Cuba.
De otra, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino
de España (en lo sucesivo denominado el «MAUC de España»), representado por don
Javier Hergueta Garnica, Embajador de España en Cuba, que actúa por delegación de
firma de la Directora General del Servicio Exterior, según facultades delegadas por
medio de Resolución de fecha 13 de febrero de 2025, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 4.1.a) de la Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites
para administrar gastos y de delegación de competencias.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-08-2025
Resolución de 7 de agosto de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se aprueba la actuación administrativa automatizada en los roles electrónicos de los buques y embarcaciones nacionales.
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