Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-09-2025
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-33235)
Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional por la que se autoriza la prestación de servicios del sistema de acogida de protección internacional, mediante acción concertada, a la entidad Associació per la Inserció Social i Laboral.
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Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional por la que se autoriza la prestación de servicios del sistema de acogida de protección internacional, mediante acción concertada, a la entidad Associació per la Inserció Social i Laboral.Núm. 224
Miércoles 17 de septiembre de 2025
Sec. V-B. Pág. 52641
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
33235
Re solución de la Dire cción Ge ne ral de Ate nción Humanitaria y de l
Sistema de Acogida de Protección Internacional por la que se autoriza
la pre stación de se rvicios de l siste ma de acogida de prote cción
internacional, mediante acción concertada, a la entidad Associació per
la Inserció Social i Laboral.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.1 del Reglamento por el que se
regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por
el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, la Dirección General de Atención
Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional determinará
mediante resolución las entidades autorizadas a concertar. Por su parte, la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de
acogida de protección internacional mediante acción concertada, regula en el
artículo 8 el contenido y alcance de dicha resolución de autorización de acción
concertada.
Con fecha 13 de marzo de 2025, se recibió en esta Dirección General la
solicitud de autorización de la entidad denominada Associació per la Inserció
Social i Laboral (en adelante, "ISIL"). La mesa de acción concertada, en su reunión
de, ha valorado la documentación aportada por dicha entidad, verificando el
cumplimiento de los requisitos establecidos y, de conformidad con el artículo 43. 4
b) del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de
protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, ha
comunicado a esta Dirección General que la entidad puede ser autorizada.
Por todo lo anterior, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 39.1 del Real
Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el
que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, y del
artículo 8.1 de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la
gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción
concertada, y a propuesta de la mesa de acción concertada, esta Dirección
General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección
Internacional,
RESUELVE
Segundo.- Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.
La presente autorización queda condicionada al cumplimiento por parte de la
entidad autorizada, en todo momento, de la normativa de aplicación vigente y,
particularmente, al cumplimiento de los requisitos para la autorización de la acción
concertada establecidos en el artículo 5 de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio.
cve: BOE-B-2025-33235
Verificable en https://www.boe.es
Primero.- Autorizar a la entidad ISIL, por un periodo de 4 años, para la
prestación de servicios, mediante acción concertada, en las fases de valoración
inicial y derivación, acogida y autonomía del itinerario del sistema de acogida
regulado en el Título II del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida
en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de
29 de marzo.
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