Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-09-2025
Tribunal Supremo. . I. Disposiciones generales. Sentencias. (BOE-A-2025-18353)
Sentencia de 1 de julio de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Central Eléctrica Sestelo y Compañía, SL, contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
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Sentencia de 1 de julio de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Central Eléctrica Sestelo y Compañía, SL, contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.Núm. 224
Miércoles 17 de septiembre de 2025
Sec. I. Pág. 120382
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL SUPREMO
18353
Sentencia de 1 de julio de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la
representación de Central Eléctrica Sestelo y Compañía, SL, contra la Orden
TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o
penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de
energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año
2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las
empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y
2019.
En el recurso contencioso-administrativo número 1/899/2022 interpuesto por la
representación de Central Eléctrica Sestelo y Compañía, SL contra la Orden
TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la
reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se
modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se
aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los
años 2017, 2018 y 2019,
La Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 1 de
julio de 2025 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la
Constitución, esta Sala ha decidido
Primero.
Segundo.
Sin hacer expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, presidente; Eduardo
Calvo Rojas; José Luis Gil Ibáñez; Berta María Santillán Pedrosa; Juan Pedro Quintana
Carretero; Pilar Cancer Minchot.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-18353
Verificable en https://www.boe.es
Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la
representación procesal de Central Eléctrica Sestelo y Compañía, SL, contra la Orden
TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la
reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se
modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se
aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los
años 2017, 2018 y 2019, debiendo la Administración demandada corregir el error
consistente en el desplazamiento de columnas de las tablas «Valor de inversión de
nuevas inversiones del año 2016» y «Valor de inversión de nuevas inversiones del
año 2017» de los anexos V y VI, respectivamente, de la indicada Orden, de manera que
figuren en aquellas tablas los valores correctos relativos a «Líneas At y Bt», «CT»,
«Posiciones», «Máquinas», «Elementos de Mejora», «IBO» y «D. Extensión»;
desestimando el recurso contencioso-administrativo en todo lo demás, por ser dicha
Orden, en los restantes extremos examinados, conforme a Derecho.
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