Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-10-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . I. Disposiciones generales. Ordenación alimentaria. (BOE-A-2025-19413)
Real Decreto 863/2025, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.
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Real Decreto 863/2025, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.Núm. 236
Miércoles 1 de octubre de 2025
Sec. I. Pág. 125982
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Real Decreto 863/2025, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Real
Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración,
comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes
alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.
El Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración,
comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios
tratados con radiaciones ionizantes, establece los principios generales para la
elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes
alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, así como la instrumentación de su
control y una lista de productos alimenticios que pueden tratarse con radiaciones
ionizantes, fijando las fuentes de radiación y las dosis máximas autorizadas a las que
pueden someterse para alcanzar el objetivo perseguido.
Este real decreto incorporó a nuestro ordenamiento jurídico interno la
Directiva 1999/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999,
relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e
ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, que constituye el acto
legislativo de base sobre esta materia en la Unión Europea. Asimismo, este real decreto
transpuso la Directiva 1999/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero
de 1999, relativa al establecimiento de una lista comunitaria de alimentos e ingredientes
alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, incorporando tal lista en su anexo IV.
La Directiva (UE) 2024/2839 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre
de 2024, por la que se modifican las Directivas 1999/2/CE, 2000/14/CE, 2011/24/UE
y 2014/53/UE en lo que respecta a determinadas obligaciones de presentación de
información en los ámbitos de los alimentos y los ingredientes alimentarios, el ruido al
aire libre, los derechos de los pacientes y los equipos radioeléctricos, modifica los
apartados 3 y 4 del artículo 7 de la Directiva 1999/2/CE.
El apartado 3 del artículo 7 de la Directiva 1999/2/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 22 de febrero de 1999, establecía dos grupos de obligaciones de reporte o
comunicación por los Estados miembros a la Comisión.
Por un lado, la obligación de comunicar a la Comisión Europea el nombre, la
dirección postal y el número de referencia de las instalaciones de irradiación que haya
autorizado, así como el texto de las resoluciones de autorización y de cualesquiera
resoluciones de suspensión o de retirada de autorización. Dicho aspecto se mantiene y,
al encontrarse ya contemplado en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 348/2001,
de 4 de abril, y no haber variado, no precisa actuación.
Por otro lado, se refería también a la obligación de presentación de informes anuales
por parte de las autoridades competentes nacionales y a los controles y métodos de
análisis. La Directiva (UE) 2024/2839 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2024 suprime dicha obligación de la Directiva 1999/2/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999, al encontrarse tales obligaciones ya
garantizadas en virtud del artículo 113 del Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades
oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos,
y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos
fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) núm. 999/2001, (CE)
núm. 396/2005, (CE) núm. 1069/2009, (CE) núm. 1107/2009, (UE) núm. 1151/2012, (UE)
cve: BOE-A-2025-19413
Verificable en https://www.boe.es
19413
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