Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-10-2025
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2025-19869)
Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 24 de julio de 2018, por la que se modifica el artículo único de la Orden APA/874/2003, de 10 de abril, por la que se establecen los puertos donde pueden realizarse los desembarques superiores a 100 kg de especies de aguas profundas, procedentes de las subzonas I al XIV del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) y de las aguas comunitarias situadas dentro de las zonas COPACE 34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2.
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Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 24 de julio de 2018, por la que se modifica el artículo único de la Orden APA/874/2003, de 10 de abril, por la que se establecen los puertos donde pueden realizarse los desembarques superiores a 100 kg de especies de aguas profundas, procedentes de las subzonas I al XIV del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) y de las aguas comunitarias situadas dentro de las zonas COPACE 34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2.Núm. 240
Lunes 6 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 128015
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
19869
Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se modifica la de 24 de julio de 2018, por la que se modifica el
artículo único de la Orden APA/874/2003, de 10 de abril, por la que se
establecen los puertos donde pueden realizarse los desembarques
superiores a 100 kg de especies de aguas profundas, procedentes de las
subzonas I al XIV del Consejo Internacional para la Exploración del Mar
(CIEM) y de las aguas comunitarias situadas dentro de las zonas COPACE
34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2.
En virtud de lo establecido en la disposición final primera de la Orden APA/874/2003,
de 10 de abril de 2003, por la que se faculta a la Secretaría General de Pesca a
modificar la lista de puertos donde pueden realizarse los desembarques superiores a 100
kilogramos de cualquier mezcla de especies profundas procedentes de las subzonas I
al XIV del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) y de las aguas
comunitarias situadas dentro de las zonas COPACE 34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2.
Esta Secretaría General de Pesca, a petición del sector (Cofradía de Pescadores
Nuestra Señora de los Reyes; Cofradía de Pescadores Nuestra Señora de las Nieves y
Cofradía de Pescadores Nuestra Señora del Carmen) y una vez verificado el
cumplimiento de las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/2336 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, ha resuelto lo siguiente:
1. Incluir los puertos de La Restinga, Santa Cruz de la Palma y Tazacorte en la
relación de puertos autorizados del artículo único de la Orden APA/874/2003 de 10 de
abril de 2003.
2. Publicar la relación de puertos autorizados donde se autoriza a desembarcar
cantidades superiores a 100 kilogramos de cualquier mezcla de especies profundas, que
modifica el artículo único de la Orden APA/874/2003, de 10 de abril de 2003.
«Los desembarques de más de 100 kilogramos de cualquier mezcla de
especies profundas de las relacionadas en el anexo I, capturadas en las subzonas,
de la I a la XIV ambas inclusive del CIEM y en las aguas comunitarias situadas
dentro de las zonas COPACE 34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2, sólo podrán realizarse
en los muelles pesqueros de los siguientes puertos españoles: A Coruña,
Arguineguín, Arrecife; Avilés, Ayamonte, Bermeo, Burela, Bustio, Camariñas,
Cangas del Morrazo, Cariño, Castro Urdiales, Cedeira, Cillero, Cudillero, DonostiaSan Sebastián, Finisterre, Getaria, Gijón, Gran Tarajal, Hondarribia, Isla Cristina, La
Restinga, Laredo, Las Palmas de Gran Canaria, Lastres, Laxe, Lepe, Llanes,
Luarca, Marín, Moaña, Mogán, Morro jable, Muros, Muxía, Ondárroa, Pasajes de
San Pedro, Playa Blanca, Puerto de Santa María, Puerto de Vega, Puerto del
Carmen; Punta Umbría, Ribadesella, San Vicente de la Barquera, Sanlúcar de
Barrameda, Santa Cruz de la Palma, Santa Cruz de Tenerife, Santa Eugenia de
Ribeira, Santander, Santoña, Taliarte, Tazacorte y Vigo.»
Madrid, 30 de septiembre de 2025.–La Secretaria General de Pesca, María Isabel
Artime García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-19869
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El artículo único queda como sigue:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-10-2025
Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Villaluenga del Rosario, para el desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».
Resolución de 19 de septiembre de 2025, de la Universidad de Navarra, por la que se publica el plan de estudios de Máster Universitario en Gestión Sostenible e Innovación Nutricional en Empresas Alimentarias.
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