Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 16-10-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-20771)
Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Gérgal a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa, en base a las alegaciones formuladas por un propietario colindante, en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
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Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Gérgal a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa, en base a las alegaciones formuladas por un propietario colindante, en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.Núm. 249
Jueves 16 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 135415
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20771
Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Gérgal a inscribir la representación gráfica
georreferenciada alternativa, en base a las alegaciones formuladas por un
propietario colindante, en el curso del procedimiento regulado en el artículo
199.2 de la Ley Hipotecaria.
En el recurso interpuesto por don J. S. L. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Gérgal, don Juan Fernando Cánovas Verdú, a inscribir la representación
gráfica georreferenciada alternativa, en base a las alegaciones formuladas por un
propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la
Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 1 de diciembre de 2022 ante el notario de
Alhama de Almería, don Javier Fernández Carratalá, con el número 2.143 de protocolo,
se solicitaba, con ocasión de la declaración de una obra nueva por antigüedad, la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa y consiguiente
rectificación de su descripción de la finca registral número 9.329 del Ayuntamiento de
Alboloduy.
II
Presentada el día 22 de enero de 2025 dicha escritura en el Registro de la Propiedad
de Gérgal, causando el asiento de presentación número 69 del Diario 2025, y tramitado
el expediente regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, fueron formuladas
alegaciones por parte de un titular registral colindante mediante escrito al que
acompañaba informe de medición suscrito por ingeniero agrónomo, indicando las
coordenadas georreferenciadas de la finca del alegante, quien mostró su oposición a la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca por considerar que
la representación gráfica propuesta no era acorde ni con los antecedentes, ni con la
situación de hecho existente, y perjudicaba sus derechos, por ver empeoradas las
características de su finca, siendo objeto la referida escritura de la siguiente nota de
calificación:
Asiento 69/2025.
Yo, Juan Fernando Cánovas Verdú, Registrador de la Propiedad de Gérgal, y en
relación al procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria iniciado con
motivo de la presentación del documento con número de entrada arriba referido,
cve: BOE-A-2025-20771
Verificable en https://www.boe.es
«Iniciado por el documento con número de entrada 159/2025.
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